Subvenciones a programas de cooperación al desarrollo y solidaridad internacional reguladas por la Resolución VCP/1526/2007, de 15 de mayo, se convoca concurso para la concesión de subvenciones, concarácter plurianual, para el periodo correspondiente a los años 2008-2010.

Código de ayuda:

S45573/07

Norma:

RESOLUCIÓN VCP/797/2008, de 7 de marzo. RESOLUCION VCP/1526/2007, de 15 de mayo. RESOLUCION VCP/1950/2007, de 27 de junio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 03/05/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Dar publicidad de la modificación de las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a programas de cooperación al desarrollo y solidaridad internacional reguladas por la Resolución VCP/1526/2007, de 15 de mayo, y abrir convocatoria con carácter plurianual para el periodo correspondiente a los años 2008-2010, para la presentación de solicitudes para la obtención de estas subvenciones.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Gobernación y Administraciones Públicas (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe total máximo de las subvenciones a conceder es de 7.700.000 euros para el ejercicio 2008, 7.700.000 euros para el ejercicio 2009 y 7.700.000 euros para el ejercicio 2010 de las partidas presupuestarias 6880D/48200012, Desarrollo y 6880D/48200013, Educación y Capacidades.

El importe máximo a otorgar por línea de subvención, cada año, es el siguiente:

a) Subvenciones a programas de cooperación al desarrollo a realizar en determinados países y sectores por un importe de 6.000.000 de euros.

b) Subvenciones a programas de educación para el desarrollo y sensibilización en el campo de la cooperación al desarrollo y la solidaridad internacional en Cataluña por un importe máximo de 1.100. 000 euros.

c) Subvenciones a programas de gestión de riesgos y prevención de desastres de origen natural por un importe máximo de 600.000 euros.

El importe que no se aplique a una de las líneas de subvención podrá pasar al resto de líneas de subvención.

El otorgamiento de estas subvenciones queda condicionado a la disponibilidad presupuestaria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Pueden solicitar estas subvenciones las organizaciones no gubernamentales de desarrollo que cumplan los requisitos que se establecen en las bases específicas para cada línea de subvención regulada en esta Resolución.

No obstante, tienen que cumplir los requisitos siguientes:

a) Estar inscrita en el Registro de organizaciones no gubernamentales para el desarrollo que prevé la Ley 26/2001, de 31 de diciembre, de cooperación al desarrollo gestionado por la Agencia Catalana de Cooperación al Desarrollo o en el Registro de organizaciones no gubernamentales de desarrollo adscrito a la Agencia Española de Cooperación Internacional y regulado por el Real decreto 993/1999, de 11
de junio.
La inscripción tendrá que ser efectiva, como muy tarde a fecha de resolución de la correspondiente convocatoria.
b) Disponer de sede social o delegación con establecimiento permanente en Cataluña, así como tener un equipo de gestión o un órgano de trabajo con capacidad de decisión en Cataluña que pueda asumir la responsabilidad directa de la presentación de la solicitud y estar en condiciones de dar en todo momento a la Generalidad de cataluña cualquier aclaración, información y documentación relativa a la contabilidad y
gestión del programa durante la fase de seguimiento y ejecución.
c) Tener una presencia activa, capacidad de movilización y base social amplia en el territorio catalán.
d) Disponer de capacidad logística, recursos humanos y materiales y experiencia para garantizar los objetivos del programa que se pide subvencionar.
e) Estar al corriente de las obligaciones derivadas de subvenciones percibidas de la Generalidad en ejercicios anteriores.
f) Estar al corriente con las obligaciones tributarias ante el Estado y de la Generalidad y las obligaciones ante la Seguridad Social.
g) No superar la cantidad de 800.000 euros de solicitud de subvención anual en la ACCD en el marco de las siguientes convocatorias correspondientes al año en curso: convocatoria de programas de cooperación al desarrollo y solidaridad internacional; convocatoria de proyectos de cooperación al desarrollo, convocatoria de proyectos destinados a fomentar la educación y la sensibilización para el desarrollo y la solidaridad en el ámbito no informal e informal;convocatoria de proyectos de construcción de paz en el ámbito de la prevención y gestión de conflictos violentos y/o armados y la rehabilitación y reconciliación post-bélica. En el supuesto de programas presentados mediante conciertos de entidades, la limitación de los 800.000 euros anuales por entidad opera en relación con la cantidad de presupuesto que ejecuta cada una y que figura de manera detallada, en los presupuestos y en el Acuerdo firmado entre las entidades.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se establecen las líneas de subvención siguientes:

a) Subvenciones a programas de cooperación al desarrollo a realizar en determinados países y sectores. Anexo 2.
b) Subvenciones a programas de educación para el desarrollo y sensibilización en el campo de la cooperación al desarrollo y la solidaridad internacional en Cataluña. Anexo 3.
c) Subvenciones a programas de gestión de riesgos y prevención de desastres de origen natural.
Anexo 4.
d) Subvenciones a programas de desarme, desmovilización y reintegración (DDR) en África. Anexo 5.

El objeto de estas subvenciones es dar apoyo a los programas de cooperación al desarrollo realizados por organizaciones no gubernamentales de desarrollo que se desarrollen en algún/algunos de los países y sectores siguientes:

Países:

Centroamérica: Nicaragua, El Salvador y Guatemala.
América del Sur: Bolivia, Ecuador, Colombia, Perú y Brasil.
África Subsahariana: Mozambique, Senegal, Gambia, Camerún y Etiopía.
Mediterráneo: Marruecos, Palestina, Sáhara Occidental, Argelia y Líbano.

También se podrán presentar programas con un enfoque geográfico regional, aunque algún/algunos de los países en que se implemente el programa no figure entre las prioridades geográficas que se establecen en el apartado anterior.

Sectores:

1. Mejora de la cobertura, la calidad y el uso de los sistemas de salud públicos o con vocación de servicio público, especialmente a nivel de atención primaria, favoreciendo el acceso de aquellos sectores de la población con menos oportunidades.

2. Mejora de la cobertura, la calidad y las capacidades de los sistemas educativos públicos o con vocación de servicio público para satisfacer las necesidades básicas de aprendizaje de aquellos sectores de la población con menos oportunidades, potenciando la educación en lengua materna.

3. Promoción y fortalecimiento de las capacidades productivas y comerciales orientadas al desarrollo humano sostenible, ampliar las oportunidades de ocupación de los sectores más desfavorecidos y promover el respeto del derecho laboral de acuerdo con los estándares internacionales.

4. Favorecimiento, en el marco de la promoción de la gobernanza democrática, de la inclusión y la transparencia en la toma de decisiones públicas, la garantía y el ejercicio efectivo de todos los derechos humanos individuales y colectivos, y el apoderamiento de los actores y del tejido social con más capacidad transformadora.

5. Aumento de las capacidades y la autonomía de las mujeres y reconocer, visibilizar y promover su participación equitativa, real y efectiva en los procesos de desarrollo humano, particularmente en todos los ámbitos de la vida pública, la toma de decisiones y la economía, defensa y promoción de todos los derechos de las mujeres y combatir la violencia contra las mujeres.

6. Mejora de las capacidades y titularidades de los actores del sur para asegurar un acceso, uso y control sostenible de los recursos naturales y la protección y conservación de los ecosistemas, así como un acceso equitativo a sus activos ambientales, en especial, el acceso a la tierra.

7. Mejorar las capacidades de los actores del sur para prevenir y gestionar las conductas violentas en los conflictos, contribuir a los procesos de transformación de los conflictos violentos y favorecer la construcción de la paz.

Los programas mencionados tienen que tener en cuenta los objetivos transversales siguientes:

a) Promoción del respeto integral y la consolidación de los derechos humanos, la gobernanza y el fortalecimiento del tejido social.
b) Promoción de la equidad entre mujeres y hombres mediante la aplicación de la perspectiva de género.
c) Promoción de la sostenibilidad del desarrollo en su múltiple dimensión: social, económica, cultural y ambiental.

Documentos asociados

Boletín: 25/05/2007
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4891
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 29/06/2007
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4915
Documento: Convocatoria 2007 Descargar Documento
Boletín: 20/03/2008
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5095
Documento: Modificación de Bases y Convocatoria periodo 2008-2010 Descargar Documento