Subvenciones a proyectos de digitalización de PYME (DIGITALIZA-CV) con cargo al presupuesto del ejercicio 2024, con financiación de la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional.

Código de ayuda:

S27900/24

Norma:

RESOLUCIÓN de 13 de diciembre de 2024. Resolución de 26 de diciembre de 2023. ORDEN 27/2016, de 25 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 22 de febrero de 2024.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

1. El objeto de la presente Resolución es convocar la concesión de subvenciones a proyectos de Digitalización de Pyme (DIGITALIZA-CV) con cargo al presupuesto del ejercicio 2024 del Instituto
Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE).

2. Las bases reguladoras de la presente convocatoria son las aprobadas por la Orden 27/2016, de 25 de noviembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en materia de I+D e innovación empresarial por el Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial, IVACE, (DOGV núm. 7927, de 29 de noviembre de 2016), modificada por la Orden 17/2018, de 23 de octubre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo (DOGV núm. 8410, de 25 de octubre de 2018) y por la Orden 11/2022, de 13 de octubre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo (DOGV núm. 9450, de 17 de octubre de 2022); en dichas bases se establecen las condiciones de las ayudas en lo no previsto en esta convocatoria.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE) (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La subvención consistirá en un porcentaje sobre los costes subvencionables, con una cuantía variable en función del tamaño de empresa:

· Pequeña empresa: hasta el 40 %.

· Mediana empresa: hasta el 30 %.

Las respectivas convocatorias podrán establecer una cuantía adicional de un 5 % de los costes subvencionables si los proyectos cumplen determinados requisitos relacionados con la contratación de personal altamente cualificado, la participación en el proyecto de organismos de investigación o la complementariedad con otras actuaciones nacionales o internacionales en materia de I+D+I.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán tener la consideración de empresas beneficiarias las pymes, con sede social y establecimiento de producción ubicado en la Comunitat Valenciana en el momento de la presentación de la solicitud, que cuenten con al menos dos personas como personal propio que sean trabajadoras por cuenta ajena o cooperativistas, cumplan con el resto de requisitos establecidos en los artículos 4 y 55 de las bases reguladoras y no incurran en ninguna de las prohibiciones que se establecen en el artículo 13.2. de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Adquisición de activos inmateriales. Software relacionado con el desarrollo de los proyectos,
incluyendo, si procede, los costes de implantación y puesta en funcionamiento. Se excluyen renovaciones, cambios de versión o ampliaciones de software ya en uso en la empresa.

En cualquier caso, el coste subvencionable de los activos inmateriales sólo será el correspondiente al
periodo de ejecución del proyecto.

Se considerarán en este apartado:

− Licencias de software, excluyendo el software de propósito general, como por ejemplo sistemas
operativos, aplicaciones de gestión / monitorización de redes / sistemas, paquetes de ofimática, correo
electrónico, edición y tratamiento de imágenes, salvo en los casos en que este tipo de software forme
parte inseparable de otros activos que sean objeto de subvención dentro del proyecto.

− Desarrollo de aplicaciones a medida incluida instalación y asesoramiento técnico específico.

− Costes por uso de soluciones y aplicaciones (modalidades XaaS) con las mismas exclusiones que las detalladas para las licencias de software. Se excluyen soluciones XaaS que consistan en la contratación del acceso a información contenida en bases de datos especializadas.

b) Adquisición de activos materiales:

− Inversiones en hardware, sensores, automatismos y equipos de comunicaciones. Se excluyen ordenadores personales y servidores, impresoras, terminales, displays, tabletas, consolas y similares, salvo los servidores que se declaran íntegramente dedicados a la solución objeto del proyecto, así como en los casos en que actúen como interface para captura de datos o configuración de dispositivos en soluciones del tipo de las definidas en el artículo 3.2.b.

− Adquisición o adaptación de bienes de equipo: exclusivamente los necesarios para la puesta en marcha de las soluciones recogidas en el artículo 3.2.b.

Los activos deberán quedar instalados en el establecimiento productivo de la empresa beneficiaria en la Comunitat Valenciana.

c) Servicios externos: costes de servicios de asesoramiento técnico, consultoría y equivalentes, para
el diagnóstico, planificación o definición de los servicios previstos en las actuaciones apoyables, con
carácter previo al desarrollo del proyecto. El importe máximo admisible será el que resulte menor de
los siguientes: un 15% del resto de costes subvencionables o 14.500 euros.

Requisitos:

1. Podrá acogerse a estas ayudas cualquier entidad o persona física o jurídica, de naturaleza pública o privada, dependiendo de lo establecido en las actuaciones desarrollados en el título II de esta orden.

2. No podrán obtener la condición de beneficiarios las personas físicas o jurídicas en las que concurra alguna de las circunstancias que se establecen en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
general de subvenciones.

3. Para el ejercicio de su actividad los beneficiarios deberán disponer de las autorizaciones y/o licencias administrativas preceptivas, encontrarse inscritos en los registros públicos pertinentes, y cumplir con cualesquiera otros requisitos exigidos por las disposiciones aplicables.

4. En especial, los beneficiarios deberán encontrarse al corriente en el cumplimiento de la Ley 6/2014, de 25 de julio, de prevención, calidad y control ambiental de actividades en la Comunitat Valenciana; del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y de la Ley 9/2003, de 2 de abril, para la igualdad entre mujeres y hombres.

5. En el caso de que los solicitantes sean empresas deberán cumplir con el requisito de tamaño que se especifique en cada convocatoria siguiendo el criterio previsto en el anexo I del Reglamento (UE) núm.
651/2014 de la Comisión de 17 de junio de 2014 por el que se declaran determinadas categorías de ayuda con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (DO L 187 de 26.06.2014), así como en la normativa que pudiera modificarla.

6. Las circunstancias expresadas en los apartados anteriores se podrán acreditar mediante declaración responsable, sin perjuicio de que puedan ser objeto de requerimiento de acreditación fehaciente.

Documentos asociados

Boletín: 29/11/2016
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7927
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 29/12/2023
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 9755
Documento: Convocatoria 2024 (Completa) Descargar Documento
Boletín: 20/12/2024
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 10010
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 20/12/2024
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 10010
Documento: Modificación Descargar Documento