Subvenciones a proyectos de digitalización en empresas.
Código de ayuda:
S02046/25Norma:
ORDEN de 21 de enero de 2025.Plazo de Solicitud:
A establecer en la correspondiente convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Esta Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras que han de regir, con vigencia indefinida, la concesión de subvenciones a proyectos de digitalización en empresas, que se ejecuten de manera efectiva, con el fin de acelerar su transformación de modo que les permita alcanzar un modelo más resiliente y competitivo.Categorías Subvención
- Equipamientos informáticos y Tecnología
- Formación
- I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Localización del organismo gestor
Canarias
Convoca:
Consejería de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura (Canarias)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La intensidad de la ayuda será del 100 % del gasto total elegible. Los límites mínimos y máximos de la subvención a conceder por solicitud serán de 10.000 y 30.000 euros, respectivamente. No obstante, estos importes podrán ser modificados, en función de la dotación presupuestaria disponible en cada convocatoria, prevaleciendo en todo caso los importes que se establezcan en dicha Orden de convocatoria.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Podrán ser entidades beneficiarias de estas subvenciones las empresas que vayan a realizar proyectos de digitalización definidos en la base 2 y según lo dispuesto en la base 6.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Gastos de implantación de una o varias de las actuaciones incluidas en los proyectos indicados en la base 6.b) Siempre que esté asociado a la prestación de un servicio relacionado con el proyecto subvencionado, alta y contratación de la cuota por uso de servicio en la nube durante un máximo de 18 meses. Tanto el alta como la cuota deberán ser consultables a través de la web del proveedor del servicio.
Requisitos:
a) Tener una antigüedad superior a tres años a contar desde la fecha de constitución de la empresa.b) Tener su domicilio social y fiscal en la Comunidad Autónoma de Canarias.
c) Contar con una o más personas en plantilla.
d) Tener una antigüedad superior a tres años en el desarrollo, con carácter principal, de una actividad económica encuadrada y en situación de alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda.
e) Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones.
Documentos asociados
Boletín:
30/01/2025
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 20
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 20
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