Subvenciones a proyectos de pódcast de temática cultural en catalán u occitano.

Código de ayuda:

S04737/21

Norma:

RESOLUCIÓN CLT/638/2021, de 5 de marzo. RESOLUCIÓN CLT/721/2021, de 10 de marzo. RESOLUCIÓN CLT/1052/2021, de 9 de abril.

Plazo de Solicitud:

Del 6 de abril al 6 de mayo de 2021, ambos inclusive.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 5.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Estas convocatoria tendrán por objeto la concesión de subvenciones para apoyar proyectos de pódcast en catalán u occitano que traten temas relacionados con la industria del audiovisual, de las artes visuales, de las artes escénicas, de la música, del libro o del videojuego, o que traten de la relación del arte y la cultura con la tecnología y la innovación. Asimismo, serán subvencionables los pódcast de ficción narrativa.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Cultura (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención será de un máximo del 100% del gasto subvencionable con los siguientes
límites:

a) Para la adquisición de material técnico para realizar el pódcast: 2.000,00 euros.

b) Para la realización de una temporada del pódcast: 300 euros por episodio, con un máximo de 5.000,00 euros en total.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán optar a las subvenciones las empresas privadas, ya sean personas físicas o jurídicas.

Requisitos:

a) Que la persona solicitante ostente los derechos para explotar los contenidos relacionados con el proyecto de pódcast.

b) Que cada episodio tenga una duración mínima de 20 minutos.

c) Que la temporada conste de una serie de un mínimo de 10 episodios, excepto en el caso de los pódcast de ficción narrativa, que deberán tener un mínimo de 6 episodios.

d) La emisión del pódcast tendrá lugar en el período que indique la convocatoria correspondiente.

e) Que el pódcast esté alojado en una plataforma especializada en la distribución de pódcast. En caso de que se acceda solo desde una plataforma privada, esta deberá tener un mínimo de 15.000 visitas mensuales
justificables.

f) Solo se podrá presentar una solicitud en cada convocatoria para un único proyecto de realización de una temporada de pódcast y una solicitud cada tres años para la adquisición de material técnico para realizar un pódcast.

g) El pódcast no se podrá emitir por radio antes de una semana de haber sido publicado en la web o en la
plataforma especializada.

Documentos asociados

Boletín: 10/03/2021
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8361
Documento: Bases específicas 2021 Descargar Documento
Boletín: 01/04/2021
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8379
Documento: Convocatoria 2021 Descargar Documento
Boletín: 16/04/2021
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8388
Documento: Modificación Descargar Documento