Subvenciones a proyectos de publicacion y a la realizacion de trabajos de investigacion o acciones piloto en materia de igualdad de mujeres y hombres para el año 2009 - Ampliación de plazos - Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S78255/08

Norma:

RESOLUCION de 10 de diciembre de 2008. RESOLUCION de 2 de enero de 2009. RESOLUCION 16 de diciembre de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/03/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La regulación y convocatoria de subvenciones dirigidas al desarrollo y publicación de trabajos de investigación y de acciones piloto que favorezcan la consecución de la igualdad de mujeres y hombres que se realicen a lo largo de 2009.

Los proyectos de publicación, los trabajos de investigación y las acciones piloto presentadas han de contribuir a la consecución de los siguientes objetivos:

a) Mejorar el conocimiento de la situación, condiciones y posición diferencial de mujeres y hombres y de las relaciones de género en los distintos ámbitos de la vida, así como de las causas que generan las desigualdades.

b) Diseñar y experimentar acciones que puedan ser posteriormente transferidas a políticas generales.

c) Dar a conocer resultados de investigaciones y acciones pilotos que puedan constituirse en buenas prácticas de políticas de igualdad.

Categorías Subvención

  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Emakunde - Instituto Vasco de la Mujer (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

1.– Podrán tener acceso a las ayudas, personas físicas o jurídicas, tanto privadas como públicas, excluyendo las Administraciones públicas, así como sus organismos autónomos, salvo la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea que podrá concurrir, que cumplan los siguientes requisitos:

a) que la investigación o la acción piloto se desarrolle en la Comunidad Autónoma de Euskadi, así como, en su caso, la difusión de la publicación.
b) en el supuesto de publicaciones, que se trate de una primera edición.
c) que se hallen al corriente de sus obligaciones tributarias.
d) que no tengan pendiente de justificación alguna otra subvención concedida por Emakunde–Instituto Vasco de la Mujer en ejercicios anteriores.

2.– Las personas o entidades solicitantes que se encuentren incursas en procedimiento alguno de reintegro o sancionador en el marco de subvenciones o ayudas de la misma naturaleza, y que resulten adjudicatarias de las ayudas, verán condicionados la concesión y el pago de las mismas a la terminación del procedimiento de reintegro o sancionador.

3.– En el supuesto de que varios o varias solicitantes presenten un único proyecto de publicación, trabajo de investigación o acción piloto, las personas cotitulares deberán designar a una de ellas como representante ante la Administración.

Documentos asociados

Boletín: 30/12/2008
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 249
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
Boletín: 29/01/2009
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 20
Documento: Ampliación de Plazos Descargar Documento
Boletín: 30/12/2009
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 250
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento