Subvenciones actividades deportivas y fomento deporte.
Código de ayuda:
S22746/14Norma:
Muro, 19 de mayo de 2014.Plazo de Solicitud:
A publicar en la correspondiente Convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular la concesión de ayudas y subvenciones económicas, que otorga el Ayuntamiento de Muro para la realización de programas y actividades de promoción y participación deportiva.Categorías Subvención
- Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
- Asociacionismo y Voluntariado
Localización del organismo gestor
Islas Baleares
Convoca:
Ayuntamiento de Muro (Islas Baleares)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Entidades deportivas
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Las personas y / o entidades jurídicas que cumplan los requisitos establecidos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La realización de programas y actividades de promoción y participación deportiva.Requisitos:
A) Requisitos para entidades deportivas y / o asociaciones deportivas locales:Serán subvencionables las actividades físicas deportivas realizadas por Clubes, Asociaciones y entidades deportivas, legalmente constituidas y reconocidas (inscritas en el Registro de la Dirección General de Deportes y Registro Municipal de Asociaciones).
No serán objeto de subvención las actividades con carácter lucrativo, ni los gastos destinados a inversiones.
Los Estatutos de la entidad deben contemplar la práctica de la actividad física y / o deportiva.
Serán subvencionables actividades físicas deportivas realizadas por Clubes, Asociaciones y entidades deportivas que realicen actividades periódicas con el Servicio Municipal de Deportes o con el Ayuntamiento de Muro.
En el momento de la solicitud no podrá ser beneficiario de otra subvención para promover la misma actividad otorgada por otras entidades públicas o privadas, con una cuantía superior al 50% de su coste.
• B) Requisitos para deportistas individuales locales:
Serán subvencionables actividades deportivas realizadas por deportistas individuales que acrediten ser residentes del municipio durante cinco de los últimos dos años anteriores al de la concesión de la ayuda y estar empadronado en el mismo en el momento de aprobación de estas bases. En caso de ser menores de edad, será necesario el consentimiento paterno, materno o del tutor legal.
Deben disponer de licencia federativa vigente, por la Federación Balear de la modalidad correspondiente.
No estar inhabilitado o tener sanción federativa por falta grave o sanción por expediente de dopaje.
No tener ningún tipo de licencia profesional o similar.
No estar vinculado a una entidad deportiva local que ya solicita subvención.
Documentos asociados
Boletín:
20/05/2014
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 69
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 69
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento