Subvenciones al ahorro y la eficiencia energetica en los hogares.- Convocatoria 2013.
Código de ayuda:
S37328/13Norma:
Orden INN/21/2013, de 1 de octubre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 31/10/2013Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases reguladoras y convocar las ayudas para incentivar el ahorro y la eficiencia energética en los hogares de Cantabria, incentivando en las instalaciones térmicas el uso de la mejor tecnología disponible y mayor respeto al medio ambiente.Categorías Subvención
- Medio Ambiente y Energía
- Vivienda y Urbanismo
Localización del organismo gestor
Cantabria
Convoca:
Consejería de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio (Cantabria)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía total de la subvención por la instalación de una nueva caldera, y siempre que se cumplan todos los requisitos exigidos en la presente Orden, será de:● 400 euros, en el caso que la nueva caldera que se instale sea de condensación de gas.
● 700 euros, en el caso que la nueva caldera que se instale sea de condensación de gasóleo.
● 1.000 euros, en el caso que la nueva caldera que se instale sea de biomasa granulada o
de biomasa con gasificación de la leña.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas e instituciones sin ánimo de lucro cualquiera que sea su forma jurídica, incluidas las comunidades de bienes, que, cumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 12 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, y estando legalmente constituidas, sean propietarias, usufructuarias o arrendatarias de la vivienda donde se realiza la instalación para la que se solicita la subvención.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La compra e instalación de los siguientes generadores térmicos individuales (en adelante calderas):i. Calderas de condensación que utilicen como combustible gas natural, gases licuados del
petróleo (GLP).
ii. Calderas de condensación que utilicen como combustible gasóleo.
iii. Calderas de biomasa granulada (Tipo pellets o similares).
iv. Calderas de biomasa que incorporan un sistema de gasificación de la leña.
Documentos asociados
Boletín:
04/10/2013
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 191
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 191
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento