Subvenciones al alumnado con necesidades educativas especiales por discapacidades psiquicas, motrices o sensoriales matriculado en centros educativos sostenidos con fondos publicos de Cataluña, salvo los de la ciudad de Barcelona, para la asistencia a convivencias escolares.- Convocatoria 2011.
Código de ayuda:
S45482/11Norma:
ORDEN ENS/244/2011, de 30 de agosto.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 24/10/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
Fomentar que el alumnado con necesidades educativas especiales por discapacidades psíquicas, motrices o sensoriales matriculado en centros educativos de Cataluña sostenidos con fondos públicos participe en las convivencias escolares organizadas por los respectivos centros educativos.Categorías Subvención
Discapacidad / Personas con discapacidad
Educación y Ciencia
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Enseñanza (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cantidad de la subvención se obtiene distribuyendo el presupuesto máximoentre el número total de días de convivencias realizadas por el total de alumnos con necesidades educativas especiales. En cualquier caso, nunca será superior a los 30,00 euros por día.
A estos efectos, se computa como una subvención un día de convivencias por
alumno, con el límite de días, mínimo y máximo.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
El alumnado con necesidades educativas especiales por discapacidades psíquicas, motrices o sensoriales matriculado en centros educativos de Cataluña sostenidos con fondos públicos, salvo los de la ciudad de Barcelona, donde la gestión de la subvención corresponde al Consorcio de Educación de Barcelona, que haya participado en las convivencias escolaresorganizadas por el centro educativo en que se encuentra matriculado.
Excepcionalmente, puede solicitar también estas subvenciones el alumnado con enfermedades crónicas graves que no tenga autonomía para hacer frente a sus
necesidades sanitarias.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La participación en las convivencias escolares organizadas por los respectivos centros educativos de alumnos con necesidades educativas especiales.Requisitos:
Por la naturaleza de la subvención y la especificidad del colectivo subvencionado, el alumnado beneficiario no tiene que acreditar el cumplimiento del requisito de no encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, que imposibilitan para ser beneficiario de la subvención.Documentos asociados
Boletín:
03/10/2011
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5976
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5976
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento