Subvenciones al programa de formación del sector comercial minorista de 2018.
Código de ayuda:
S27819/18Norma:
RESOLUCIÓN 296E/2018, de 11 de mayo.Plazo de Solicitud:
Hasta el 4 de julio de 2018.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Las presentes bases reguladoras tienen por objeto regular el régimen de concesión de las subvenciones para promover una oferta de formación especializada dirigida a los distintos agentes del sector comercial minorista, complementaria de la formación continua y ocupacional impartida en el ámbito del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Comercio
Formación
Localización del organismo gestor

Convoca:
Dirección General de Turismo y Comercio (Navarra)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Los importes máximos de subvención por cada una de las actividades subvencionables es el siguiente:–Jornadas, congresos o seminarios monográficos: 3.000 euros por cada jornada.
–Cursos de formación especializada: 4.000 euros por cada curso.
–Asistencia a actividades formativas fuera de Navarra: 400 euros por actividad (incluido el concepto de manutención).
–Manutención: 20 euros por persona y comida.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
- Asociaciones
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
Detalle beneficiarios:
Podrán acceder a las subvenciones establecidas en esta convocatoria las asociaciones de comerciantes, las asociaciones de comerciantes mixtas (comercio, hostelería y servicios), las asociaciones empresariales de comerciantes y las agrupaciones de asociaciones de comerciantes.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Son subvencionables las siguientes clases de actividades señaladas a continuación:a) Organización de actividades formativas.
a.1) Jornadas técnicas, congresos o seminarios monográficos, que profundicen en temas de especial interés para el sector comercial minorista o que aborden aspectos fundamentales de la distribución comercial, facilitando la toma de contacto y la puesta en común de los conocimientos y experiencias de los distintos estamentos del sector. Estas actividades tendrán una duración mínima de 4 horas.
a.2) Cursos de formación especializada, que deberán cumplir los siguientes requisitos:
–Su contenido debe ser específico relativo a la gestión de la empresa comercial minorista o a la especialización de los profesionales del sector y debe promover una formación complementaria a la formación continua y ocupacional impartida en el ámbito del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare.
–No se admitirán aquellos cursos que formen o hubieran formado parte de la oferta formativa del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare ni aquellos cursos relativos a temas o aspectos de formación empresarial básica, comunes a cualquier tipo de actividad empresarial.
–El número de participantes no podrá ser inferior a 8 y todos los participantes deben ser trabajadores en activo, bien sean los propios comerciantes o empleados por cuenta ajena del sector del comercio minorista.
–La duración mínima será de 10 horas.
–Excepcionalmente podrán admitirse cursos con un número menor de participantes y/o una duración inferior a la establecida, cuando existan razones objetivas que impidan alcanzar dichos valores mínimos. Estas razones deberán exponerse y motivarse en la solicitud de la ayuda, y, en todo caso, deberán ser aceptadas por el Servicio de Ordenación y Fomento del Turismo y del Comercio.
–Los cursos de formación especializada y las jornadas técnicas deberán estar abiertos, además de a los asociados de la entidad solicitante que promueven las acciones formativas, a la participación de los trabajadores en activo del sector del comercio minorista que estén interesados y cuyos comercios estén ubicados en el ámbito de actuación de la entidad solicitante.
En todo caso la entidad solicitante y organizadora de las actividades formativas podrá establecer distintas condiciones de acceso para unos y otros participantes y, la acreditación del carácter abierto de estas actividades deberá justificarse conforme a lo establecido en la base reguladora 10.ª f).
b) Asistencia a actividades formativas fuera de Navarra: Asistencia a congresos, jornadas técnicas, seminarios monográficos y conferencias que se organicen fuera Navarra, relacionados con la distribución comercial o con aspectos de la gestión específica de las empresas comerciales minoristas.
Únicamente se subvencionará la asistencia de una persona y actividad por entidad solicitante.
Los asistentes a las acciones podrán ser gerentes, miembros de la Junta Directiva u órgano equivalente de la entidad solicitante o técnicos cualificados que cuenten con el visto bueno de dicha Junta Directiva.
Documentos asociados
Boletín:
04/06/2018
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 106
Documento: Bases, Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 106
Documento: Bases, Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
04/06/2018
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 106
Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 106
Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento