Subvenciones al programa de incentivos a la contratación para personas jóvenes inscritas en el Sistema nacional de garantía juvenil en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.- Convocatoria 2022.

Código de ayuda:

S59991/22

Norma:

ORDEN de 3 de octubre de 2022 .

Plazo de Solicitud:

Hasta el 15 de noviembre de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fijar las bases reguladoras y proceder a la convocatoria para el año 2022 del programa de incentivos a contratación por cuenta ajena, que realicen las empresas y personas empleadoras, vinculados a los programas de empleo regulados en las órdenes de 27 de diciembre de 2019 y de 31 de diciembre de 2020 por las que se
establecen las bases reguladoras de las ayudas y subvenciones para la realización de Programas de empleo para personas jóvenes incluidas en el fichero del SNGX (formación y aprendizaje) en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, y se procede a sus convocatorias para los años 2020 y 2021, publicadas en el DOG núm. 13 del martes 21 de enero de 2020 y DOG núm. 21 del martes 2 de febrero de 2021, respectivamente (código de procedimiento TR353B). ambas órdenes cofinanciadas por el FSE, POEX.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Promoción del Empleo e Igualdad (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser personas y entidades beneficiarias las personas empleadoras y las empresas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, incluidas las personas autónomas que contraten personas jóvenes trabajadoras por cuenta ajena para prestar servicios en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia, de acuerdo con los requisitos y condiciones que se establecen en los artículos 5, 6 y 7 de esta orden. También pueden ser beneficiarios los centros especiales de empleo, y las empresas de inserción
laboral excepto para celebrar contratos con personas con discapacidad y contratos con personas en situación o riesgo de exclusión social respectivamente.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables al amparo de este programa las contrataciones por cuenta ajena de personas jóvenes participantes de los programas de empleo de las convocatorias de los años 2020 y 2021, que hubiesen obtenido la cualificación de aptas en la fase de formación, en ocupaciones del ámbito de las materias impartidas en los programas de empleo detalladas en el anexo II.

Los contratos tendrán una duración mímima de 6 meses y deberán ser a jornada completa. Si la modalidad contractual por la que se opta es de carácter temporal, y por tratarse de contratos de duración determinada que resultan necesarios para la ejecución de programas de carácter temporal cuya financiación proveen de fondos de la Unión Europea, según lo dispuesto en la disposición adicional quinta del Real decreto ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo, se utilizará la modalidad denominada «contrato de duración determinada vinculado a programas financiados con fondos europeos».

El período para realizar las contrataciones será desde el día siguiente a la publicación de esta orden hasta el 15 de noviembre de 2022.

Las contrataciones deberán estar realizadas en el momento de presentación de la solicitud.

Documentos asociados

Boletín: 14/10/2022
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 196
Documento: Bases, Convocatoria 2022 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 14/10/2022
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 196
Documento: Bases y Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento