Subvenciones centros de primer ciclo de educacion infantil.- Convocatoria 2014.
Código de ayuda:
S52273/14Norma:
Felanitx, 19 de noviembre de 2014.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 09/12/2014Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar para el ejercicio 2014, subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, a personas físicas o jurídicas , que sean titulares de Centros de Primer Ciclo de Educación Infantil, para financiar los gastos de mantenimiento originados en los referidos Centros .Categorías Subvención
- Educación y Ciencia
Localización del organismo gestor
Islas Baleares
Convoca:
Ayuntamiento de Felanitx. (Islas Baleares)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza
Detalle beneficiarios:
Los titulares de Centros de Primer Ciclo De Educación Infantil , del Término de Felanitx que estén calificadas e inscritas en el registro administrativo creado al efecto , y adecuadas a la normativa vigente como Centros de Educación infantil de primer ciclo o en proceso de adecuación y que cumplan con los requisitos exigidos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
El fomento y apoyo de las Centros de Primer Ciclo De Educación Infantil que redunde en un menor coste de las plazas y facilite el acceso en condiciones más ventajosas a los niños con edad comprendida entre 0 y 3 años .Las subvenciones concedidas al amparo de la presente Orden se destinarán a atender los gastos siguientes :
- Gastos de personal , correspondientes a salarios del personal que preste servicios en cada centro , incluidas las cotizaciones por cuota patronal a la Seguridad Social relativa a la entidad titular del centro , así como las cantidades asignadas a otros gastos , que comprenderán los del personal de administración y servicios .
- Gastos de alimentación .
- Otros gastos generales de mantenimiento del centro .
Requisitos:
a) Atender niños / as menores de tres añosb ) Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social , según lo dispuesto en los artículos 18 y 19 del RD 887/2006 de 21 de Julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003 , General de Subvenciones
c ) Tener unos ratios adecuados para estas edades :
 3-12 meses , máximo : 7 niños / aula / educador
 12-24 meses , máximo 12 niños / aula / educador
 24-36 meses , máximo : 18 niños / aula / educador
Dichos ratios deberán cumplirse en el momento de la presentación de la solicitud de ayudas
d) La titulación del personal que atenderá a los alumnos estará adecuado a lo previsto en los artículos 11 y 12 del RD 60/2008 de 2 de mayo.
e) Contar con un amplio horario y flexible de comedor y prestar servicios durante 11 meses al año.
f ) Utilizar entre los criterios de admisión el de nivel de ingresos familiares , priorizando los más bajos.
g) No estar incursos en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Documentos asociados
Boletín:
25/11/2014
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 161
Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 161
Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento