Subvenciones cofinanciadas con Fondos Estructurales.
Código de ayuda:
S04455/09Plazo de Solicitud:
Según convocatorias correspondientes.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular con carácter general todos los procedimientos que sean de aplicación a las subvenciones públicas cofinanciadas por la Ciudad Autónoma de Ceuta, a través de la Consejería de Economía y Hacienda y los Fondos Estructurales de los Programas Operativos FEDER y FSE para Ceuta, durante los ejercicios 2007 a 2013. Las Bases Reguladoras Generales, se denominarán en adelante BRG.Categorías Subvención
- Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
- Cooperación empresarial
- Corporaciones Locales
- Desarrollo Rural
- Financiación Preferente / Préstamos
- Inversiones Materiales y Equipos
- Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor
Ceuta
Convoca:
Consejería de Economía y Hacienda (Ceuta)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Podrán obtener la condición de empresa beneficiaria, las personas, físicas o jurídicas, o entidades que se encuentren en la situación que fundamente el objeto de la concesión de la subvención o en las que concurran las circunstancias previstas en el objeto de las presentes bases reguladoras y en la correspondiente convocatoria.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1.- La inversiones productivas que contribuyan a crear o preservar puestos de trabajo duraderos, principalmente mediante ayuda directa a la inversión, ante todo en las PYMES.2.- Inversiones en infraestructuras.
3.- Desarrollo potencial endógeno mediante medidas que ayuden al desarrollo regional y local. Estas incluyen ayudas a las empresas, especialmente en las PYMEs y prestación de las mismas, creación y desarrollo de instrumentos de financiación, como fondos de capital de riesgo, de préstamo y de garantía, fondos de desarrollo local, bonificaciones de intereses, interconexión en red, cooperación e intercambio de experiencias entre regiones, ciudades y los agentes sociales, económicos y medioambientales pertinentes.
4 .- Asistencia Técnica.
En ningún caso serán subvencionables con el FEDER los siguientes gastos:
1.- Intereses deudores
2.- Adquisición de terrenos por importe superior a 10% del gasto total subvencionable de la operación.
3.- Desmantelamiento de centrales nucleares.
4.- El IVA recuperable.
En cuanto al FSE, el Reglamento (CE) 1081/2006, de 5 de julio, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al Fondo Social Europeo, que de conformidad con su artículo 11 SERÁN subvencionables:
- Podrán incluirse cualquier tipo de recursos financieros aportados colectivamente por empresarios y
trabajadores.
- La asistencia consistirá en ayudas individuales o globales no reembolsables, ayudas reembolsables,
bonificaciones de intereses, fondos de garantías, microcréditos, y adquisición de bienes y servicios en cumplimiento de la normativa en materia de contratos públicos.
- Las retribuciones y complementos desembolsados por 3º a favor de los participantes en una operación y
certificados al beneficiario.
- En caso de ayudas, los costes indirectos de una operación declarados globalmente, hasta un máximo de 20% de los costes directos.
- Los gastos de amortización de los bienes amortizables, enumerados en el apartado 2 letra c, asignados
exclusivamente en la operación siempre que las ayudas públicas no hayan contribuido a la adquisición de dichos bienes.
Documentos asociados
Boletín:
27/04/2007
BOCCE Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta- Nº 4629
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOCCE Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta- Nº 4629
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Boletín:
23/01/2009
BOCCE Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta- Nº 4811
Documento: Modificación Bases y Anexos Descargar Documento
BOCCE Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta- Nº 4811
Documento: Modificación Bases y Anexos Descargar Documento
Boletín:
03/03/2009
BOCCE Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta- Nº 4822
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
BOCCE Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta- Nº 4822
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