Subvenciones cofinanciadas con fondos FEDER a Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid para el fomento de sus equipamientos comerciales colectivos y del comercio rural.
Código de ayuda:
S00391/06Norma:
ORDEN 8969/2005, de 22 de diciembre. ORDEN 7968/2006, de 20 de diciembre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 09/02/2007Finalidad u objetivo de la ayuda:
La financiación de proyectos de inversión dirigidos, con carácter general a:a) Potenciar la reforma y modernización de las estructuras de los equipamientos comerciales colectivos, y en particular de los Mercados, Centros Comerciales Abiertos y Ejes Comerciales y mercadillos de venta ambulante.
b) Impulsar la innovación tecnológica y la competitividad de estas tipologías de equipamientos comerciales colectivos.
c) Apoyar la introducción de nuevos servicios y fórmulas de venta que transformen la actividad comercial existente en este tipo de equipamientos.
Categorías Subvención
- Comercio
- Corporaciones Locales
Localización del organismo gestor
Comunidad de Madrid
Convoca:
Consejería de Economía e Innovación Tecnológica (Comunidad de Madrid)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Las ayudas consistirán en subvenciones directas de hasta el 50 por 100 del presupuesto aprobado y aceptado por la Dirección General de Comercio, excluyendo todo tipo de impuestos.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Los Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Se considerarán subvencionables aquellas actividades relacionadas a continuación:a) Las obras de construcción, ampliación o acondicionamiento de la estructura física de los equipamientos comerciales colectivos, y en particular de mercados y mercadillos, así como la ejecución de obras de carácter previo, provisionales y complementarias que puedan ser necesarias para su realización.
b) Las obras físicas de acondicionamiento, adaptación y señalización de Centros Comerciales Abiertos y Ejes Comerciales locales.
c) La dotación de instalaciones y equipamientos necesarios en dichos equipamientos colectivos.
d) La redacción de los proyectos técnicos de ejecución y otros gastos que conlleven la puesta en marcha de las instalaciones.
Las actividades susceptibles de ser subvencionadas deberán ejecutarse en el período comprendido entre el 16 de noviembre de 2005 y el 15 de noviembre del 2006, para el año 2006; y entre la finalización del período de realización de actividades en el ejercicio anterior, y el 15 de noviembre de 2007 para el ejercicio 2007.
Documentos asociados
Boletín:
16/01/2006
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 13
Documento: Bases Reguldoras, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 13
Documento: Bases Reguldoras, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
08/01/2007
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 6
Documento: Convocatoria 2007 y Anexos Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 6
Documento: Convocatoria 2007 y Anexos Descargar Documento