Subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+), destinadas a la contratación temporal de personas desempleadas y de personas beneficiarias de la renta garantizada de ciudadanía, por entidades sin ánimo de lucro, para la realización de obras y servicios de interés general y social en la Comunidad de Castilla y León.

Código de ayuda:

S33346/23

Norma:

ORDEN IEM/942/2023, de 21 de julio. Resolución de 3 de noviembre de 2023. Resolución de 17 de junio de 2024.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 9 de julio de 2024.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar, en el ámbito territorial de Castilla y León, la contratación temporal de personas desempleadas y de personas beneficiarias de la Renta Garantizada de Ciudadanía, para la realización de obras y servicios de interés general y social.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Empleo
  • Juventud
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Industria, Comercio y Empleo (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Por cada contrato a jornada completa, de duración igual o superior a 6 meses, 9.000 €, con independencia del salario que legal o convencionalmente le corresponda percibir al trabajador.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Serán beneficiarias de estas subvenciones las entidades sin ánimo de lucro.

Requisitos:

Para que las contrataciones sean subvencionadas:

a) Las obras o servicios se ejecutarán o prestarán en el territorio de Castilla y León.

b) Se ejecutarán o prestarán directamente por la entidad beneficiaria.

c) La duración de las contrataciones será, al menos, de 6 meses.

Las entidades beneficiarias, además de las establecidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, deberán cumplir las siguientes obligaciones:

1.– Contratar a personas que pertenezcan a alguno de los colectivos destinatarios de la contratación objeto de la subvención en los términos previstos en la Base 6ª.

2.– Facilitar toda la información que les sea requerida por los órganos de tramitación o control de la Administración o, en su caso, del Fondo Social Europeo.

3.– Cumplir con las medidas de visibilidad, transparencia y comunicación establecidas en los artículos 47, 49.3, 50 y en el Anexo IX del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, entre los cuales se incluyen los siguientes:

– Comunicar por escrito a la persona trabajadora que los gastos correspondientes a su contrato han sido cofinanciados por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+), conforme al modelo que estará disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, accesible a través de la dirección electrónica: https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es

– Aceptar su inclusión en la lista de operaciones prevista en el artículo 49.3 del Reglamento (UE) 2021/1060, del Parlamento Europeo y el Consejo, de 24 de junio de 2021.

4.– Conservar todos los documentos justificativos relacionados con la operación que reciba ayuda del FSE+ durante un plazo de cinco años a partir del 31 de diciembre del año en que la autoridad de gestión del Programa FSE+ de Castilla y León 2021-2027 efectúe el último pago al beneficiario, en los términos
establecidos en el artículo 82 del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021.

5.– Comunicar cualquier modificación de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención.

6.– Comunicar otras ayudas solicitadas y/u obtenidas para la contratación de las mismas personas para las que se solicita subvención.

7.– Cumplir con lo dispuesto en el punto 2, del apartado vigesimoprimero del Acuerdo 82/2020, de 12 de noviembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueban directrices vinculantes para el impulso de la responsabilidad social en el gasto público de la Administración General e Institucional de la
Comunidad de Castilla y León.

8.– Una vez recibida la notificación de la resolución de concesión de la subvención, en su caso, dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de las actuaciones objeto de subvención, según lo previsto en el Decreto 119/2003, de 16 de octubre, por el que se aprueba la identidad corporativa de la Junta de Castilla y León; en el Acuerdo 27/2020, de 4 de junio, de la Junta de Castilla y León, por el que se establecen directrices sobre difusión de la identidad corporativa de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y en la Instrucción 1/2020, de la Dirección de Comunicación, para el cumplimiento de dicho Acuerdo.

9.– Una vez iniciado el último de los contratos subvencionados, presentar el anexo con los datos de los trabajadores contratados, cuyo modelo estará disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, accesible a través de la dirección electrónica: https://www.
tramitacastillayleon.jcyl.es

10.– Y demás obligaciones establecidas en la normativa aplicable a estos efectos.

Documentos asociados

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Boletín: 10/11/2023
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