Subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, destinadas a pequeñas y medianas empresas (Pymes) para la realizacion de programas o acciones a favor de la conciliacion de la vida personal, familiar y laboral y correcciones.
Código de ayuda:
S59828/07Norma:
Orden de 23 de julio de 2007.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 21/09/2007Finalidad u objetivo de la ayuda:
Promover la elaboración y puesta en marcha en estas empresas de programas o acciones a favor de la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.Categorías Subvención
Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
Formación
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Recursos Humanos
Localización del organismo gestor

Convoca:
Vicepresidencia de la Igualdad y del Bienestar (Galicia)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las empresas domiciliadas en Galicia o que acometan proyectos subvencionables en sus centros de trabajoestablecidos en Galicia, ya sean personas físicas o jurídicas, que reúnan la condición de micro, pequeña o mediana empresa (Pymes).
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Estas subvenciones tienen como finalidad la financiación del desarrollo de programas o acciones a favor de la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, pudiéndose conceder para:a) Elaboración e implantación de programas a favor de la conciliación personal, familiar y laboral. Estos
programas deberán contener como mínimo, un diagnóstico de la situación previa de la empresa, medidas a adoptar a favor de la conciliación, objetivos a cumplir y plazos, sistemas de evaluación interna y externa.
b) Estudios que tengan como objetivo analizar la viabilidad de realizar una reorganización del trabajo que facilite la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de hombres y mujeres de la empresa.
c) Gastos derivados del servicio de atención a menores, de atención a personas mayores, a personas
enfermas y/o con discapacidad, siempre que los conceptos a subvencionar no estén financiados por otros
departamentos de la Administración autonómica.
d) Asistencia técnica para la implantación de sistemas de gestión de recursos humanos con una perspectiva
de género que contribuyan a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
e) Gastos derivados de la implantación de nuevos sistemas de organización del trabajo que faciliten la
conciliación entre la vida personal, familiar y laboral de mujeres y hombres en la empresa.
f) Gastos de formación en materia de conciliación.
g) Cualquier otro gasto que tenga como finalidad facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
Documentos asociados
Boletín:
21/08/2007
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 161
Documento: Convocatoria 2007 y Anexos Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 161
Documento: Convocatoria 2007 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
10/09/2007
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 175
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 175
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento