Subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, para la realizacion de acciones de formacion profesional para el empleo, en su modalidad de oferta, dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados, para los años 2011 y 2012.- Corrección.- Modificación.
Código de ayuda:
S68946/10Norma:
RESOLUCIÓN de 27 de diciembre de 2010. ORDEN EYE/387/2010, de 9 de marzo. ORDEN TAS/718/2008, de 7 de marzo. RESOLUCIÓN de 11 de febrero de 2011.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 18/01/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar:a) En régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, dirigidas a titulares de centros o entidades de formación en general en la Comunidad de Castilla y León, para la realización de acciones de formación profesional para el empleo, en su modalidad
de oferta, dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados, para los años 2011 y 2012.
b) En régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, dirigidas a organizaciones empresariales o sindicales más representativas, u organizaciones representativas de la economía social, que sean titulares de centros o entidades de formación, en la Comunidad de Castilla y León, para la realización de acciones de formación profesional para el empleo, en su modalidad de oferta, dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados, para los años 2011 y 2012.
c) En régimen de concesión directa, la concesión de subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, para la realización en la Comunidad de Castilla y León de acciones formativas que incluyan compromisos de contratación dirigidos prioritariamente a desempleados de al menos el 60% de trabajadores formados, y que se enmarquen en las especialidades incluidas en el Fichero de especialidades formativas previsto en el artículo 20.3 del Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, para los años 2011 y
2012.
d) En régimen de concesión directa, la concesión de subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, para la realización en la Comunidad de Castilla y León de prácticas profesionales no laborales por parte de los trabajadores participantes en las acciones formativas previstas en las letras anteriores.
Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Empleo
Formación
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1.- Subvenciones para la realización de acciones formativas por parte de centros de formación en general.Ver tabla del punto octavo de la Convocatoria.
2.- Subvenciones para la realización de acciones formativas por parte de organizaciones empresariales o sindicales más representativas, u organizaciones representativas de la economía social.
Ver tabla del punto decimoséptimo de la Convocatoria.
3.- Subvenciones para la realización de acciones formativas con compromiso de contratación o prácticas profesionales no laborales.
Ver tabla del punto vigésimosexto de la Convocatoria.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
1.- Subvenciones para la realización de acciones formativas por parte de centros de formación en general.Podrán obtener la condición de beneficiario las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes sean titulares de centros o entidades de formación autorizados y homologados para la impartición de la correspondiente especialidad formativa en la Comunidad de Castilla y León, y reúnan los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo.
Igualmente, podrán acceder a la condición de beneficiario las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, se encuentren en la situación a la que se refiere el resuelvo 6.1 de la Convocatoria.
2.- Subvenciones para la realización de acciones formativas por parte de organizaciones empresariales o sindicales más representativas, u organizaciones representativas de la economía social.
Podrán obtener la condición de beneficiario las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes ostenten la condición de organizaciones empresariales o sindicales más representativas, u organizaciones representativas de la economía social, que sean titulares de centros o entidades de formación autorizados y homologados para la impartición de la correspondiente especialidad formativa en la Comunidad de Castilla y León, directamente o a través de sus fundaciones o instituciones destinadas al desarrollo de acciones de formación, y reúnan los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo.
Igualmente, podrán acceder a la condición de beneficiario las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, se encuentren en la situación a la que se refiere el resuelvo 15.1 de la presente Resolución.
3.- Subvenciones para la realización de acciones formativas con compromiso de contratación o prácticas profesionales no laborales.
Podrán obtener la condición de beneficiario las siguientes personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, en el momento de finalizar el correspondiente plazo de presentación de solicitudes:
a) Subvenciones previstas en el resuelvo 23.1.a) de la presente Resolución: las empresas, asociaciones de empresas u otras entidades que adquieran compromisos de contratación de al menos el 60% de alumnos formados, en los términos del artículo 21 de la Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo.
b) Subvenciones previstas en el resuelvo 23.1.b) de la presente Resolución: las empresas en los términos del artículo 24 de la Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo.
Igualmente, podrán acceder a la condición de beneficiario las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, se encuentren en alguna de las situaciones a las que se refiere el resuelvo 24.1 de la presente Resolución.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1.- Subvenciones para la realización de acciones formativas por parte de centros de formación en general.2.- Subvenciones para la realización de acciones formativas por parte de organizaciones empresariales o sindicales más representativas, u organizaciones representativas de la economía social.
3.- Subvenciones para la realización de acciones formativas con compromiso de contratación o prácticas profesionales no laborales.
Requisitos:
No podrán obtener la condición de beneficiario aquellas personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.Documentos asociados
Boletín:
18/03/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 67
Documento: ORDEN TAS/718/2008, de 7 de marzo. Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 67
Documento: ORDEN TAS/718/2008, de 7 de marzo. Descargar Documento
Boletín:
29/03/2010
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 60
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 60
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Boletín:
06/04/2010
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 64
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 64
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Boletín:
19/10/2010
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 202
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 202
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín:
29/12/2010
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 250
Documento: Convocatoria 2011-2012 y Anexos. Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 250
Documento: Convocatoria 2011-2012 y Anexos. Descargar Documento
Boletín:
07/01/2011
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 04
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 04
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Boletín:
28/02/2011
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 40
Documento: Modificación Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 40
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