Subvenciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo plus (FSE+), de asistencia material básica (programa básico).
Código de ayuda:
S26291/24Norma:
Resolución de 27 de noviembre de 2024. ORDEN FAM/1080/2024, de 23 de octubre.Plazo de Solicitud:
Hasta el 12 de diciembre de 2024.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de la presente Resolución es convocar, en el ámbito de Castilla y León, subvenciones cofinanciadas por el FSE+, de asistencia material básica destinadas a la provisión de tarjetas o valespara la adquisición de por productos de alimentación y otros englobados en el Programa Básico, cuyas bases fueron aprobadas por Orden FAM/1080/2024, de 23 de octubre.
La finalidad de las tarjetas o vales es que las familias destinatarias puedan adquirir productos de alimentación e higiene no excluidos del Programa Básico, garantizando la posibilidad de elegir entre el máximo número de establecimientos posible.
Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor
Castilla y León
Convoca:
Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades (Castilla y León)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Para la anualidad 2025 un importe de 3.247.507 € para los productos que se adquieran con las tarjetas o vales entregados a las familias y 173.741 € para destinar a los gastos de realización del programa en concepto de asistencia técnica.Para la anualidad 2026 un importe de 2.691.071 € para los productos que se adquieran con las tarjetas o vales entregados a las familias y 143.972 € para destinar a los gastos de realización del programa en concepto de asistencia técnica.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de esta subvención las entidades sin ánimo de lucro que, a fecha de publicación del extracto de la convocatoria, estén inscritas en el Registro de Entidades, Servicios y Centros de Carácter Social de Castilla y León y formen parte de la Red de protección e inclusión a personas y familias en situación de mayor vulnerabilidad social o económica en Castilla y León.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Se consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y resulten estrictamente necesarios para el desarrollo de la actividad.2. Serán subvencionables los siguientes conceptos de gastos, incluyendo el IVA, que corresponda en cada caso:
a) El importe de carga y recarga de cada tarjeta o vale susceptible de canjearse por los productos incluidos en el Programa Básico.
b) Las retribuciones del personal que gestione directamente el Programa, así como los costes de producción y distribución de las tarjetas o vales, creación del sistema de seguimiento de su uso y cualquier otro gasto relacionado con la realización de la actividad subvencionada con el límite máximo establecido para la asistencia técnica.
3. No serán subvencionables los siguientes gastos, de acuerdo con lo previsto en el art 22.4 del
Reglamento UE 2021/1057 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 por el que se establece el FSE+:
a) Los intereses de deudas.
b) La adquisición de infraestructuras.
c) El coste de los bienes de segunda mano.
Documentos asociados
Boletín:
02/12/2024
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 234
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 234
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
02/12/2024
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 234
Documento: Convocatoria 2024 (Completa) Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 234
Documento: Convocatoria 2024 (Completa) Descargar Documento