Subvenciones consistentes en el pago de cuotas de la Seguridad Social a trabajadores beneficiarios de la prestacion por desempleo en su modalidad de Pago Unico para el año 2009.
Código de ayuda:
S15019/09Norma:
ORDEN EYE/407/2009, de 19 de febrero.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 09/10/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
Concesión de ayudas consistentes en el abono de las cuotas a la Seguridad Social de los trabajadores que tengan reconocida la prestación por desempleo en su modalidad de pago único total, y cuyo fin es la realización de actividades profesionales como socios trabajadores de una cooperativa o socios de trabajo de una sociedad laboral, o el establecimiento como trabajadores por cuenta propia discapacitados con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento.Categorías Subvención
- Discapacidad / Personas con discapacidad
- Empleo
- Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor
Castilla y León
Convoca:
Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Serán subvencionables las cuotas satisfechas por el beneficiario al régimen de la Seguridad Social correspondiente, durante el tiempo en que se hubiera percibido la prestación por desempleo de no haberse reconocido la prestación en su modalidad de pago único, por alguno de los importes siguientes:a) El 50% de la cuota al régimen correspondiente de la Seguridad Social como trabajador por cuenta propia, calculada sobre la base mínima de cotización o de la que corresponda, si es inferior.
b) El 100% de la aportación del trabajador en las cotizaciones al correspondiente régimen de la Seguridad Social por cuenta ajena.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de esta ayuda los trabajadores que tengan reconocida la prestación por desempleo en su modalidad de pago único total que desarrollen su actividad en la Comunidad de Castilla y León, y que se hayan constituido en socios de una cooperativa de trabajo o socios de trabajo de una sociedad laboral, o el establecimiento como trabajadores por cuenta propia discapacitados con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Serán subvencionables las cuotas satisfechas por el beneficiario al régimen de la Seguridad Social correspondiente, durante el tiempo en que se hubiera percibido la prestación por desempleo de no haberse reconocido la prestación en su modalidad de pago único.Documentos asociados
Boletín:
03/03/2009
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 42
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 42
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento