Subvenciones correspondientes a los programas de apoyo infraestructural y adquisición de equipamientos a las entidades gallegas en el exterior.
Código de ayuda:
S08573/19Norma:
RESOLUCIÓN de 27 de diciembre de 2018.Plazo de Solicitud:
Hasta el 11 de marzo de 2019.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de subvenciones a las entidades gallegas en el exterior.Categorías Subvención
Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
Patrimonio Cultural y Arquitectura
Localización del organismo gestor

Convoca:
PRESIDENCIA DE LA XUNTA DE GALICIA (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
– Programa A. Ayudas para obras de ampliación, reforma, rehabilitación y conservación de instalaciones y/o patrimonio cultural: 425.000 €.Sólo se concederán ayudas por este programa a las entidades que sean propietarias de los bienes donde se vayan a ejecutar las obras subvencionadas o que los tengan en régimen de alquiler o de cesión de uso.
El importe máximo de las inversiones del proyecto para el que se solicite subvención no podrá superar la cuantía de 60.000 €. En caso de que sea superior, la cuantía que exceda de este límite no se tendrá en cuenta a efectos de determinar el importe de la subvención a conceder.
El importe máximo a conceder será inferior a 30.000 € para obras que se realicen en inmuebles propiedad de la entidad solicitante o que tenga cedidos en uso exclusivo por administraciones o entes públicos para los que acredite un período de vigencia de 15 años o superior, contado desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. En caso de que el período de cesión vigente finalice entre los próximos 10 y 15 años, el importe máximo de la ayuda se disminuirá a razón de 4.000 €/año.
No se concederán ayudas superiores a 6.000 € para obras en inmuebles alquilados o que tenga cedidos por un período que finalice antes de los 10 años siguientes a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
– Programa B. Ayudas para mejora de dotaciones y equipamientos de carácter inventariable: 150.000 €.
El importe máximo de las inversiones del proyecto para el que se solicite subvención no podrá superar la cuantía de 24.000 €. En caso de que sea superior, la cuantía que exceda de este límite no se tendrá en cuenta a efectos de determinar el importe de la subvención a conceder.
El importe máximo a conceder en este programa será de 12.000 €.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones establecidas para estos programas las entidades gallegas inscritas en el Registro de la Galleguidad al amparo de la Ley 7/2013, de 13 de junio, de la galleguidad, con la categoría de comunidades gallegas, con la de centros colaboradores de la galleguidad o con la de federaciones de comunidades y/o entidades que cuenten con local social diferenciado del de las entidades asociadas.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
– Programa A. Ayudas para obras de ampliación, reforma, rehabilitación y conservación de sus instalaciones y/o de su patrimonio cultural.– Programa B. Ayudas para la mejora de dotaciones y equipamientos de carácter inventariable.
Documentos asociados
Boletín:
11/02/2019
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 29
Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 29
Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
11/02/2019
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 29
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 29
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento