Subvenciones correspondientes al año 2009, para la celebracion de actividades divulgativas y acciones de comunicacion, sobre asuntos relacionados con el ambito de sus competencias - Segunada Convocatoria 2010.
Código de ayuda:
S43446/09Norma:
Resolucion de 20 de mayo de 2009. Resolucion de 19 de junio de 2009. Resolucion de 30 de diciembre de 2009. Resolución de 30 de junio de 2010.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 19/07/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
La finalidad de estas subvenciones es promover la realización de iniciativas de comunicación y participación ciudadana, con motivo de la Presidencia española de la UE y del Trío.Categorías Subvención
Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
Asociacionismo y Voluntariado
Audiovisual, Prensa y Publicaciones
Otras
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y de Cooperación ( España)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Importe máximo total de 372.100,00 €.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Toda persona física o jurídica, de derecho público o privado, española o extranjera.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La celebración de actividades divulgativas y acciones de comunicación que giren en torno a los logros y balance de la Presidencia Española de la Unión Europea y los temas incluidos en el Programa del Trío depresidencias formado por España, Bélgica y Hungría, que tengan lugar durante el año 2010, desde el momento en el que se conozca la concesión hasta el 5 de noviembre de 2010.
Requisitos:
1. Carecer su actividad de fines de lucro.2. El cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, de acuerdo con lo previsto en el artículo 22 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
3. Disponer de los medios y capacidad suficientes para realizar las actividades y garantizar el objetivo de cumplimiento de los objetivos previstos en dichas actividades.
4. No encontrarse comprendido en ninguno de los supuestos recogidos en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley General de Subvenciones, sobre la prohibición para la obtención de ayudas o subvenciones públicas.
Documentos asociados
Boletín:
04/06/2009
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 135
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
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Boletín:
23/06/2009
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 151
Documento: Ampliación de Plazo Descargar Documento
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Boletín:
09/01/2010
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 8
Documento: Primera Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento
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Boletín:
03/07/2010
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 161
Documento: Segunda Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
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Documento: Segunda Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento