Subvenciones correspondientes al ejercicio 2009 para la organizacion y realizacion de cursos, postgrados y masters, seminarios, jornadas y congresos y estudios y trabajos en materia de derecho privado de Cataluña.

Código de ayuda:

S19664/08

Norma:

ORDEN JUS/119/2008, de 11 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 09/04/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El otorgamiento de subvenciones para la organización y realización, durante el año 2009, de cursos, postgrados, masters, seminarios, jornadas y congresos y estudios y trabajos en materia de derecho
privado de Cataluña.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Formación

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Justicia, Derechos, y Memoria (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cantidad máxima total que se destinará a estas subvenciones para repartir entre todas las universidades públicas que presenten sus proyectos será de 42.000 euros.

La cantidad máxima total que se destinará a estas subvenciones para repartir entre todas las entidades privadas que presenten sus proyectos será de 8.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las entidades públicas y privadas y las personas físicas que organicen estudios, proyectos, cursos, postgrados, seminarios, jornadas, congresos y masters que son objeto de esta convocatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La organización y realización, durante el año 2009, de cursos, postgrados, masters, seminarios, jornadas y congresos y estudios y trabajos en materia de derecho privado de Cataluña.

Requisitos:

Las entidades privadas han de ser entidades sin ánimo de lucro y tienen que estar inscritas, si procede, en el registro que corresponda. este requisito de inscripción registral tiene que acreditarse mediante un certificado emitido por el responsable del registro. en el caso de entidades inscritas en cualquiera de los
registros dependientes de la Generalidad de Cataluña sólo hará falta indicar los
datos registrales.

Los solicitantes tienen que estar al corriente de las obligaciones tributarias con el estado, con la Generalidad de Cataluña y con la Seguridad Social. este requisito se acredita mediante la declaración responsable que consta en la solicitud de la subvención.

Documentos asociados

Boletín: 20/03/2008
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5095
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2008 Descargar Documento
Boletín: 13/03/2009
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5338
Documento: Convocatoria 2009 Descargar Documento