Subvenciones de apoyo a las organizaciones dinamizadoras de clústeres de la Comunidad Autónoma del País Vasco, para el ejercicio 2025.
Código de ayuda:
S00119/25Norma:
ORDEN de 17 diciembre de 2024.Plazo de Solicitud:
Hasta el 10 de febrero de 2025Finalidad u objetivo de la ayuda:
Aprobar las bases, y convocar, para el ejercicio 2025, subvenciones destinadas a las organizaciones dinamizadoras de clústeres (ODCs) de la Comunidad Autónoma del País Vasco para promover la competitividad de las pymes y de la economía vasca, en general.Categorías Subvención
- Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
- Cooperación empresarial
- Empleo
- I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Localización del organismo gestor
País Vasco
Convoca:
Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad. (País Vasco)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Fundaciones
- Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias las organizaciones dinamizadoras de clústeres (ODCs), descritas en la base 1.2 que desarrollen su actividad económica en la Comunidad Autónoma del País Vasco.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1.– Gastos internos.a) Gastos de personal propio de la organización dinamizadora del clúster (ODC) necesarios para desarrollar las acciones presentadas, considerando tanto los salarios como la seguridad social. Los gastos de personal se determinarán, y en su caso justificarán por su importe real (salario bruto y seguridad social de la empresa).
b) Gastos de la estructura de la organización dinamizadora del clúster (ODC) que se calcularán como un porcentaje fijo sobre los gastos de personal (coste salarial más cuotas de la seguridad social) sin necesidad de justificar documentalmente. Este porcentaje se fija en el 15 %.
c) La tasa horaria por persona se calculará teniendo en cuenta la jornada anual real establecida en el convenio que rige en la asociación. Así, el cálculo de la tasa horaria se obtendrá como resultado de sumar los anteriores gastos de personal y de estructura y dividir el resultado entre el número de horas de jornada anual de convenio.
El límite subvencionable de esta tasa horaria se situará en 69,89 euros.
2.– Gastos externos. Serán elegibles los gastos de contratación para la provisión de servicios,
consultorías, acciones de promoción en diversos formatos, incluidos los formatos virtuales, de
acompañamiento internacional, etc., necesarios para desarrollar las acciones presentadas. Asimismo, se considerará subvencionable el coste de la auditoria de la cuenta justificativa, hasta un límite de 1.500 euros.
Requisitos:
a) Contar con un Plan Estratégico del Clúster (PEC) plurianual, actualizado y aprobado por los órganos de gobierno de las entidades beneficiarias, y desarrollado conforme a la «Guía para Elaboración de Planes Estratégicos de Clústeres».b) Contar con un Plan de Actuación Clúster (PAC) anual que indique el detalle de las acciones a realizar, los recursos a dedicar y los resultados que se plantea lograr para implementar el Plan Estratégico del Clúster, así como identificar el correspondiente proyecto anual de internacionalización, si lo hubiera.
c) Contar con masa crítica suficiente:
– El número de empresas asociadas que paga cuota a la organización dinamizadora (ODC) debe ser superior a 30.
– La suma de la facturación de las empresas asociadas debe ser superior al 1 % del PIB de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
d) Contar con participación de PYMEs: al menos un 60 % de las empresas asociadas deben ser PYMEs.
Se entenderá por PYMEs las que cumplan los siguientes requisitos:
– Que emplee a menos de 250 personas.
– Que su volumen de negocios anual no supere los 50 millones de euros, o bien, que su balance general anual no rebase los 43 millones de euros.
El cómputo de los efectivos y límites en el caso de empresas asociadas o vinculadas se efectuará de conformidad a lo dispuesto en los artículos 4, 5 y 6 del Reglamento 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio.
e) Contar entre sus miembros con una representación de todas las partes interesadas y eslabones de las cadenas de valor que componen el cluster, empresas tractoras o integradoras, suministradoras medianas y pequeñas, agentes científico-tecnológicos, centros formativos, universidades, etc.
f) En el caso de acceso a la bolsa de internacionalización, contar con estructuras especializadas de tipo comité de internacionalización, equipo de internacionalización o similar.
g) El alcance territorial de actuación debe ser como mínimo la Comunidad Autónoma del País Vasco.
h) Que el PEC, el PAC y las actuaciones que desarrollen de fomento de la competitividad empresarial a través de la colaboración, se ajusten, estén alineadas y contribuyan a la implementación de la Estrategia de Competitividad, Tecnología, Innovación del Gobierno Vasco y del Plan de Industria e Internacionalización de la XIII legislatura.
i) Contar con una Junta Directiva representativa de las asociaciones. Esta Junta asumirá la responsabilidad de llevar a cabo las actuaciones propuestas en coherencia con el Plan Estratégico.
j) Contar con una persona que desempeñará la máxima responsabilidad ejecutiva en la coordinación y ejecución del Plan de Actuación Anual (PAC). Esta persona deberá estar contratada como gerente con dedicación a jornada completa.
Documentos asociados
Boletín:
31/12/2024
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 253
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 253
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 Descargar Documento