Subvenciones de carácter excepcional, para el fomento de la contratación indefinida y en especial de personas mayores de 45 años.

Código de ayuda:

S24891/16

Norma:

Decreto 29/2016, de 05/07/2016. Decreto 42/2017, de 11 de julio. Resolución de 22/12/2017.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de noviembre de 2017.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El presente decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones de carácter excepcional, para el fomento de la contratación indefinida de desempleados de larga duración y en especial a los mayores de 45 años.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Recursos Humanos
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Economía, Empresas y Empleo (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe del crédito disponible para el ejercicio 2017 para atender las obligaciones económicas derivadas de la concesión de subvenciones es de 400.000,00 euros. La cuantía de la subvención por la formalización de contratos por tiempo indefinido, a jornada completa, será la que se establece a continuación:

a) 5.300 euros por contrato, cuando la edad de la persona contratada sea menor o igual a 29 años, o esté comprendida entre los 45 y los 54 años.

b) 4.000 euros por contrato, cuando la edad de la persona contratada esté comprendida entre los 30 y los 44 años.

c) 6.000 euros por contrato, cuando la edad de la persona contratada sea igual o mayor de 55 años. Las cuantías se verán incrementadas en 700 euros, cuando la persona contratada sea no perceptoras de prestación, subsidio de desempleo o cualquier otra modalidad de protección frente al desempleo; o se trate de la primera contratación por tiempo indefinido que realiza un trabajador autónomo; o haya obtenido en los seis meses anteriores a la fecha de la contratación, un certificado de profesionalidad, una titulación de formación profesional básica, de grado medio o superior, o titulación del mismo nivel que el de esta última correspondiente a las enseñanzas de formación profesional artística o deportivas,
o bien una titulación universitaria; o que hayan participado como trabajadores adscritos en la realización de proyectos dentro del programa de “Garantía + 55 años”.

Se incrementará en 1.000 euros, sobre las cuantías iniciales, cuando la persona contratada pertenezca a alguno de los siguientes colectivos especiales: Mujeres que tengan acreditada la condición de víctimas de violencia de género en los términos de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, o Colectivos en riesgo de exclusión social o que procedan de una empresa de inserción. La cuantía de la subvención obtenida conforme a los párrafos anteriores, se incrementará en un 20 % cuando las contrataciones se realicen en alguno de los municipios incluido en el Anexo del decreto 31/2017, de 25 de abril, por el que se establece el procedimiento de gobernanza de la Inversión Territorial Integrada (ITI) de Castilla-La Mancha para el periodo de programación 2014-2020, o con arreglo a la distribución municipal que, en su caso, se determine en posteriores periodos de programación.

Cuando la contratación subvencionable se realice mediante contrato por tiempo indefinido fijo-discontinuo, la cuantía de la subvención se minorará de forma proporcional a la jornada que figure en el contrato de trabajo, en relación con la de un trabajador a tiempo completo, a tales efectos se considera jornada a tiempo completo, la prevista en el convenio colectivo de aplicación o en su defecto, la jornada máxima legal.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las entidades sin ánimo de lucro, de carácter privado.

Documentos asociados

Boletín: 11/07/2016
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 134
Documento: Bases, Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 17/07/2017
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 137
Documento: Modificación Bases y Convocatoria 2017 Descargar Documento
Boletín: 16/01/2018
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 11
Documento: Ampliación Presupuestaria Descargar Documento