Subvenciones de carácter individual dirigidas a personas con discapacidad para el año 2006. Bases Reguladoras. Y modificación.
Código de ayuda:
S01973/06Norma:
Resolución de 17 de enero de 2006. Orden FAM/1661/2005, de 11 de noviembre. Resolución de 27 de octubre de 2006.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 31/03/2006Finalidad u objetivo de la ayuda:
Por la presente resolución se convoca la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a las personas con discapacidad física, psíquica o sensorial, menores de 65 años.La finalidad de estas ayudas consiste en colaborar en la financiación de los gastos en los conceptos subvencionables previstos en la convocatoria, realizados por las personas con discapacidad durante el ejercicio 2006 y hasta la finalización del período de justificación, y/o los gastos derivados del agravamiento de la discapacidad o bien que ésta sea sobrevenida, debidamente acreditados, realizados durante el último trimestre del año 2005, a los efectos de mejorar su bienestar físico, favorecer su integración social y
alcanzar una óptima calidad de vida.
Categorías Subvención
Discapacidad / Personas con discapacidad
Localización del organismo gestor
![](https://www.infoayudas.com/images/detalle/8.png)
Convoca:
Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades (Castilla y León)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Podrán obtener las subvenciones aquellas personas en las que en el momento de presentar la solicitud concurran las condiciones establecidas en la base segunda de la Orden FAM/1661/2005 y reúnan losrequisitos establecidos en la convocatoria.
Requisitos:
a)Tener reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33% de acuerdo con la normativa existente o, para el caso de ayudas de atención temprana y ayudas de transporte para recibir esta atención, estarafectado por un proceso que podría derivar en una minusvalía a juicio del Equipo de Valoración y Orientación de los Centros Base de las Gerencias Territoriales de Servicios Sociales. En este último caso
se emitirá informe según modelo recogido en el Anexo III.
b) Necesitar a juicio del Equipo de Valoración y Orientación de los Centros Base de la Gerencia de Servicios Sociales, alguna medida, de las señaladas en el objeto de la subvención y relacionadas con su minusvalía,
que mejoren la calidad de vida de la persona con discapacidad.
Se entenderá que una ayuda tiene relación con su minusvalía cuando a juicio del E.V.O. ésta tenga al menos un 20% de relación con la ayuda solicitada. El informe deberá ajustarse al modelo de Anexo IV.
c) Tener menos de 65 años.
d) Residir en la Comunidad de Castilla y León, salvo que el beneficiario sea menor o incapacitado legalmente, en cuyo caso deberá cumplir el requisito de residencia únicamente su representante legal.
Documentos asociados
Boletín:
20/12/2005
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 243
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
20/01/2006
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 14
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
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Boletín:
06/11/2006
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 213
Documento: Modificación Descargar Documento
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