Subvenciones de cooperacion internacional 2009.

Código de ayuda:

S48373/09

Plazo de Solicitud:

30 días naturales a partir de su publicación en la prensa regional.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de ayudas por parte del Ayuntamiento de siero para la realización de proyectos en los países más desfavorecidos del mundo que tengan por objetivo la mejora de las condiciones de vida y el desarrollo de sus propios recursos naturales, técnicos y humanos.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Exportación / Internacionalización

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Ayuntamiento de Siero (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de las subvenciones será variable y se determinará según la disponibilidad de los fondos, pudiéndose llegar hasta el abono del 80% del total solicitado, y debiéndose señalar en la solicitud si hay otras aportaciones institucionales o privadas al mismo proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Organizaciones no Gubernamentales de Desarrollo.

Requisitos:

Estar inscritas en el registro de organizaciones no Gubernamentales para la cooperación al desarrollo en el Principado de Asturias a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

No perseguir fines de lucro.

Tener como fines institucionales expresos la realización de actividades relacionadas con la cooperación al desarrollo, los Derechos Humanos y el fomento de la solidaridad entre los pueblos.

Disponer de estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de sus objetivos, acreditando la experiencia en cooperación y capacidad operativa necesaria para ello. A estos efectos será necesario que la constitución legal de aquellas organizaciones no gubernamentales y entidades, que concurran a estas ayudas, haya tenido lugar como mínimo dos años antes de la publicación de la convocatoria anual.

Aquellas organizaciones que cumpliendo la antigüedad mínima exigida, reciban subvenciones por primera vez, deberán acreditar previa y documentalmente la ejecución de más de dos acciones de desarrollo en países en vías de desarrollo, salvo que presenten proyectos conjuntamente con otra organización que haya recibido ayudas y subvenciones del Ayuntamiento.

Documentos asociados

Boletín: 25/06/2009
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 146
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