Subvenciones de formacion para trabajadores y trabajadoras del programa Fórmate. Bases Reguladoras y convocatoria 2009.
Código de ayuda:
S72046/08Norma:
ORDEN TRE/486/2008, de 6 de noviembre. RESOLUCION TRE/1526/2009, de 28 de mayo.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 30/09/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
1. Aprobar las bases que deben regular el régimen de concesión de subvenciones de los costes generados en las empresas para la participación de sus trabajadores y sus trabajadoras en actividades formativas dentro del programa Fórmate.2. Abrir el periodo de presentación de solicitudes para la convocatoria anticipada para el año 2009.
Categorías Subvención
Formación
Prevención Riesgos Laborales
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Trabajo (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Hasta el 70% del coste de la formación recibida por los trabajadores/as en el caso de pequeñas y medianas empresas y trabajadores/as autónomos/as.Hasta el 30% del coste de la formación recibida por los trabajadores/as en el caso de grandes empresas.
Quedan excluidos gastos vinculados a la participación del trabajador en la acción formativa tales como dietas, transporte y otros no directamente asociadas al coste de la formación.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
1. Entidades beneficiarias de la subvención:a) Trabajadores/as autónomos/as con domicilio fiscal en Cataluña, tengan o no trabajadores/as a su cargo.
b) Pequeñas y medianas empresas con centro de trabajo situado en Cataluña (PYME).
c) Grandes empresas con centro de trabajo situado en Cataluña.
2. Personas beneficiarias de las acciones de formación:
a) Trabajadores y trabajadoras en activo cuyo centro de trabajo esté situado en Cataluña.
b) Se considerará colectivos preferentes: las mujeres, los mayores de 50 años, las personas con discapacidad, las personas con baja cualificación (inferior a una cualificación educativa de formación secundaria o profesional superior o equivalente), los jóvenes menores de 25 años que han accedido por primera vez al mercado laboral, a los efectos de los 6 primeros meses a contar desde su contratación, y toda persona que se reincorpore a la vida laboral después de una interrupción de 3 años como mínimo, especialmente cualquier persona que hubiera dejado de trabajar por la dificultad de compaginar su vida laboral y familiar, a los efectos de los 6 primeros meses a contar desde su contratación.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
El programa Fórmate incluye las líneas de actuación siguientes:a) Idiomas: se incluye en esta línea el aprendizaje tanto de idiomas extranjeros asociados a un empleo como la enseñanza del catalán, a los efectos de mejorar la competencia lingüística oral y escrita en el trato con clientes, proveedores, relaciones internacionales o todo aquello relacionado con el desarrollo del trabajo.
b) Prevención de riesgos laborales: se incluye en esta línea la formación teórica y práctica en materia de prevención de riesgos laborales que sea suficiente y adecuada al puesto de trabajo o función de cada trabajador o trabajadora con la finalidad de garantizar la mejora de sus condiciones de seguridad y salud, preferentemente aquella formación orientada a prevenir las lesiones más representativas cuantitativamente.
c) Transferencia de conocimientos: se incluye en esta línea cualquier otra actividad formativa no incluida en las anteriores y que suponga una mejora en las competencias profesionales del/de la trabajador/a mediante una formación genérica que dote a los trabajadores y trabajadoras de aquellos conocimientos y herramientas que les permitan desarrollarse en el ámbito profesional, especialmente dentro del ámbito de las universidades, escuelas universitarias, centros asociados y escuelas de negocio. No se subvencionarán cursos ni asignaturas de carreras universitarias, así como formación reglada.
El periodo de ejecución de las acciones formativas estará comprendido entre el 1 de agosto de 2008 y el 30 de septiembre de 2009.
Documentos asociados
Boletín:
21/11/2008
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5263
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2009 Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5263
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2009 Descargar Documento
Boletín:
05/06/2009
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5394
Documento: Finalización de Plazo Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5394
Documento: Finalización de Plazo Descargar Documento