Subvenciones de la Agencia de Inversiones y Servicios de Castilla y Leon cofinanciadas con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional. - Modificación.

Código de ayuda:

S05955/11

Norma:

RESOLUCIÓN de 28 de enero de 2011. RESOLUCIÓN de 3 de noviembre de 2011.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de diciembre de 2013 o el día de la publicación de la Convocatoria que la sustituya.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar la convocatoria para la concesión de subvenciones, así como las disposiciones específicas que las regulan en régimen de concurrencia no competitiva para el año 2011 y siguientes, cofinanciadas con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Empleo
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

A) PROGRAMA INVERSIONES Y CREACIÓN DE EMPRESAS:

a) Proyectos de inversión:

El incentivo consistirá en el caso de creación de empresas por autónomos y Pymes emprendedoras con proyectos de inversión inferiores a 100.000 € en una subvención a fondo perdido del 50% del presupuesto aprobado con el límite de 30.000 € y un 75% de los gastos de constitución y primer establecimiento, y en
el resto de proyectos, el incentivo se determinará calculando un porcentaje en función de los criterios de valoración que se indican en la disposición siguiente.

b) En el caso de EIBTs el incentivo para los gastos de funcionamiento consistirá en una subvención a fondo perdido y la intensidad no podrá superar los máximos que se fijan y las limitaciones que se indican en relación con la base incentivable.

El importe anual de la ayuda para estos gastos de funcionamiento no será superior al 33% de los importes máximos de ayuda establecida.

B1) - Proyectos de I+D individuales y en colaboración:

El incentivo consistirá siempre en una subvención a fondo perdido, cuyo porcentaje final resultante, no podrá superar los máximos establecidos, por tipo de proyecto y de empresa.

- Empresas Jóvenes innovadoras:

El incentivo consistirá en una subvención a fondo perdido, que complemente el Programa NEOTEC de CDTI hasta el 70% de los costes elegibles del proyecto. En ningún caso la cuantía máxima conjunta podrá superar el 1,25 millones de euros.

B2) La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido del 50% del gasto subvencionable, con las siguientes limitaciones:

1. Se subvencionará con un máximo de ayuda de 6.000 € por cada servicio de innovación contratado.

2. Se subvencionará un máximo de 2 servicios de innovación a cada Pyme al amparo de esta convocatoria, con la excepción de los servicios para la elaboración de propuestas internacionales y nacionales de I+D+i que no computarán en este límite, siendo necesario presentar una solicitud por cada uno de los servicios.

B3) La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido igual a la suma de las siguientes cuantías:

- El 50% del coste del personal contratado, con un límite máximo de 30.000 euros por investigador y por año.

- El 50% de los costes de asistencia técnica y entrenamiento, solo durante el primer año en un Centro Tecnológico o entidad privada o publica de I+D de Castilla y León, así como en centros de investigación públicos o privados de reconocido prestigio de cualquier lugar del mundo, con un límite máximo de 10.000 euros por investigador.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

A) PROGRAMA INVERSIONES Y CREACIÓN DE EMPRESAS:

a) Los autónomos y Pymes emprendedoras, entendiendo por ellos las personas físicas o jurídicas o comunidades de bienes que no hayan realizado actividad empresarial previa a la fecha de presentación de la solicitud de ayudas y vayan a realizar un proyecto de inversión valorado como subvencionable por la ADE entre 6.000 € y 100.000 €.(en adelante emprendedores).

b) Pequeñas empresas innovadoras y/o de base tecnológica. (en adelante EIBTs).

c) Las micropymes cuando el importe de la inversión valorada como subvencionable por la ADE sea superior a 18.000 € e inferior a 600.000 €. (en adelante inversiones de Pymes).

d) Las pequeñas y medianas empresas cuando el importe de la inversión valorada como subvencionable por la ADE sea superior a 100.001 € e inferior a 600.000 € (en adelante inversiones de Pymes).

e) Pymes y grandes empresas en el caso de adquisición de establecimientos en situación de cierre (en adelante inversiones de Pymes).

B) PROGRAMA I+D+i:

B1) Las Pymes que tengan su sede social o al menos un centro de trabajo en Castilla y León.

B2) Las Pymes que tengan su sede social o al menos un centro de trabajo activo en Castilla y León y cuyo proyecto objeto de ayuda esté localizado en dicho territorio.

B3) Las empresas que tengan su sede social o al menos un centro de trabajo en Castilla y León.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

A) PROGRAMA INVERSIONES Y CREACIÓN DE EMPRESAS:

Serán subvencionables los proyectos de inversión de creación de nuevos establecimientos, o su ampliación, y en su caso, su modernización, realizados por nuevas empresas o empresas ya existentes, que incorporen mejoras sustanciales en sus productos, procesos o servicios y respondan a una estructura equilibrada entre los diferentes componentes o conceptos.

Tipos de proyectos:

a.1. La creación de un nuevo establecimiento.

a.2. Ampliación de establecimientos existentes.

a.3. La diversificación de la producción de un establecimiento para atender a mercados de productos nuevos y adicionales.

a.4. Una transformación fundamental en el proceso global de producción de un establecimiento existente.

a.5. Adquisición de establecimientos en situación de cierre.

a.6. La creación y consolidación de empresas innovadoras y/o de base tecnológica.

B) PROGRAMA I+D+i:

B1) PROYECTOS DE I+D.

-Proyectos de I+D individual.

-Proyectos de I+D en colaboración.

-Empresas jóvenes e innovadoras.

B2) SERVICIOS TÉCNICOS PARA LA INNOVACIÓN.

- Asesoría tecnológica para la innovación.

- Asistencia técnica para la protección de derechos de propiedad industrial.

- Asistencia técnica para facilitar el acceso a las deducciones fiscales por I+D e IT.

- Elaboración de propuestas a programas internacionales y nacionales de I+D+i.

B3) CÁPITAL HUMANO.

Proyectos dirigidos a crear y/o consolidar departamentos estables de I+D mediante la contratación de personal en los centros de trabajo de las empresas en Castilla y León.

Requisitos:

A) PROGRAMA INVERSIONES Y CREACIÓN DE EMPRESAS:

Las pequeñas empresas innovadoras y/o de base tecnológica a las que se las apoyara su proyecto de inversión y los gastos de funcionamiento, deben de cumplir los siguientes requisitos:

– Que sean personas jurídicas con ánimo de lucro con domicilio social en Castilla y León.

– Empresa que ocupa a menos de 50 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 10 millones de euros.

– Que tenga la consideración de innovadora o de base tecnológica.

– Que tengan una antigüedad inferior a cinco años contados desde la fecha de su inscripción en el Registro Mercantil y el momento de la solicitud de la ayuda.

– Que la pequeña empresa sea independiente respecto de otras empresas y entidades. En este sentido, se exigirá que los participantes de la nueva empresa no hayan cesado su actividad, en los 12 meses previos a la solicitud de la ayuda, o bien no participen en otra empresa o entidad, que actúe en el mismo mercado
o mercados adyacentes. En todo caso, la ADE determinará para cada situación particular el cumplimiento de este requisito.

B3) a) Haber sido beneficiario de una beca de la ADE en materia de Ciencia Tecnología e investigación en cualquiera de sus convocatorias, o de una beca de la Fundación ADEuropa del Programa de Gestores de I+D+i (GESTIDI). La duración de la beca deberá haber sido como mínimo de 5 meses, a excepción de las becas de la ADE correspondientes a la convocatoria del año 2008 que podrán tener una duración inferior.

b) Cumplir los requisitos para ser considerado personal altamente cualificado, según se ha definido en la Orden de Bases. En este caso, los científicos y expertos en I+D podrán proceder de cualquier lugar del mundo.

c) Investigadores que hayan realizado su Tesis Doctoral en alguna de las universidades de Castilla y León, en el marco de algún programa o proyecto específico de investigación de dichas universidades. Estos Investigadores deben haber superado los estudios necesarios para la elaboración y defensa de una
Tesis Doctoral con posterioridad al 1 de enero de 2007, o en su defecto, ésta haya sido presentada ante el organismo correspondiente para su defensa en el momento de la solicitud de estas ayudas. La relación laboral o de beca entre el investigador y la Universidad deberá haberse producido de manera continua al
menos con posterioridad al 1 de enero de 2005, sin perjuicio de la naturaleza contractual, beca de investigación o de cualquier otra ayuda con la que el investigador haya podido estar vinculado a dicha universidad.

Documentos asociados

Boletín: 07/02/2011
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 25
Documento: Bases, Convocatoria y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 21/11/2011
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 224
Documento: Modificación Descargar Documento