Subvenciones de la Fundación Biodiversidad, F.S.P., en régimen de concurrencia competitiva, para apoyo a programas y proyectos de impulso de la infraestructura verde a través de la generación del conocimiento, cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

Código de ayuda:

S28100/24

Norma:

Resolución de 19 de diciembre de 2024. Orden TED/1060/2024, de 25 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 20 de febrero de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la presente convocatoria es regular la concesión de ayudas a proyectos que contribuyan a la generación y aplicación del conocimiento científico para la protección y la conservación de la naturaleza, la biodiversidad y la infraestructura verde en el marco de la normativa, planes y estrategias nacionales, e integrando la igualdad de género y de oportunidades de forma transversal. Las líneas de investigación que se contemplan en esta convocatoria son:

a) Desarrollo de la infraestructura verde, la conectividad y la restauración ecológica.

b) Desertificación y degradación de tierras.

c) Transición energética y biodiversidad terrestre y marina.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Juventud
  • Medio Ambiente y Energía
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe total mínimo del proyecto será de 200.000,00 € y el máximo de 400.000,00 €. Las solicitudes que se presenten fuera de este rango no serán admitidas.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

De acuerdo con lo previsto en el artículo 2.2 de la Orden TED/1060/2024, de 25 de septiembre, en la línea de ayuda 2, podrán obtener la condición de entidad beneficiaria las siguientes entidades:

a) Entidades y organizaciones sin ánimo de lucro.

b) Organismos públicos de investigación de la Administración General del Estado y de las Comunidades Autónomas.

c) Universidades públicas y sus Institutos universitarios que estén inscritas en el Registro de
Universidades, Centros y Títulos.

d) Organizaciones y colegios profesionales.

e) Centros tecnológicos y centros de apoyo a la innovación tecnológica sin ánimo de lucro de ámbito estatal.

f) Centros públicos o privados sin ánimo de lucro de I+D+i que en sus estatutos o en la normativa que los regule incluya la I+D+i.

g) Agrupaciones de personas jurídicas, públicas o privadas que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos objeto de subvención. Las agrupaciones deberán estar conformadas por las entidades mencionadas en los apartados anteriores. El número máximo de integrantes de una agrupación se establece en cuatro y deberán cumplir las condiciones del artículo 2.1.i) y 2.6 de la Orden TED/1060/2024, de 25 de septiembre, y se regirá según lo dispuesto en el artículo 4 de la presente
convocatoria.

Requisitos:

a) Gozar de personalidad jurídica propia, estar válidamente constituidas, debidamente inscritas en el registro correspondiente y tener domicilio en territorio español.

b) No concurrir en alguna de las circunstancias invalidantes previstas en el artículo 13.2. 13.3 y 13.3 bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

c) No tener deudas por reintegro de ayudas o cuotas vencidas o impagadas de préstamos con la FB o cualquier administración pública, o no estar sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una Decisión previa de la Comisión Europea, que haya declarado una ayuda ilegal o incompatible con el mercado común.

Documentos asociados

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Boletín: 24/12/2024
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