Subvenciones de la Fundacion Municipal de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Gijon para entidades sin animo de lucro.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S14591/14

Norma:

Gijón, a 21 de marzo de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 05/05/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas económicas a asociaciones, fundaciones y demás entidades sin ánimo de lucro del concejo de Gijón, para el desarrollo de actividades y programas de carácter social y de interés general en el municipio de Gijón durante el año 2014.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Ayuntamiento de Gijón (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las entidades deberán tener asegurada una financiación propia de al menos, el 20% del coste del proyecto. Los proyectos de aquellas entidades que no declaren responsablemente contar con dicha financiación, no serán objeto de valoración.

La subvención consistirá en una ayuda económica para financiar los gastos del proyecto seleccionado, que en ningún caso superará los 6.000,00 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones, fundaciones y demás entidades sin ánimo de lucro, que desarrollen sus actividades en el ámbito de esta convocatoria, dentro del concejo de Gijón/Xixón y no sean beneficiarias de ninguna subvención de concesión nominativa de la Fundación en el ejercicio correspondiente.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El desarrollo de actividades y programas de carácter social y de interés general en el municipio de Gijón.

Requisitos:

1. En el caso de asociaciones y fundaciones deberán estar legalmente constituidas como tales e inscritas en los Registros Municipales de Asociaciones y de Fundaciones del Ayuntamiento de Gijón.

2. En el caso de otras personas jurídicas, estar legalmente constituidas como tales y, en su caso, inscritas en el Registro que corresponda, atendiendo a la naturaleza de la entidad de que se trate.

3. No estar incursas las personas jurídicas o las entidades, o las personas que ostentan la representación legal de las mismas, en alguno de los supuestos de prohibición para obtener la condición de beneficiario/a de subvenciones, por incapacidad o incompatibilidad, establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE del 18 de noviembre).

4. Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias, de la Seguridad Social y no ser deudor del Ayuntamiento de Gijón sus organismos autónomos y entidades de derecho público dependientes del mismo, por cualquier tipo de deuda de derecho público vencida, líquida y exigible por la vía de apremio, todo ello con anterioridad a la Propuesta de Resolución de concesión de las subvenciones, salvo que la cuantía de la subvención no exceda de 3.000 euros por entidad beneficiaria y año, en cuyo caso quedan exonerados de acreditar dicha obligación formal, siendo suficiente como medio de acreditación la declaración responsable contenida en la solicitud.

5. Tener justificados debidamente los gastos correspondientes a subvenciones concedidas con anterioridad por el Ayuntamiento de Gijón; hallarse al corriente de pago, en su caso, de obligaciones por reintegro de subvenciones y no haber sido sancionado, mediante resolución firme, con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones según la Ley General de Subvenciones o la Ley General Tributaria.

6. No ser beneficiario/a de ninguna subvención nominativa de la Fundación Municipal de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Gijón en el mismo ejercicio presupuestario.

7. Aportar una financiación mínima del 20 por ciento del presupuesto total de realización del proyecto.

Documentos asociados

Boletín: 14/04/2014
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 87
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento