Subvenciones de valorización de las pequeñas y medianas empresas de la industria forestal gallega.

Código de ayuda:

S42637/18

Norma:

RESOLUCIÓN de 16 de julio de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 7 de septiembre de 2018.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 200.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta resolución tiene por objeto la aprobación de las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de Xera dirigidas a la valorización, potenciación, innovación y mejora de las pequeñas y medianas empresas de la industria forestal de Galicia.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las inversiones se subvencionarán con una ayuda del 40 % de los gastos elegibles.

La ayuda máxima por solicitante se limitará a 200.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser personas beneficiarias las microempresas, pequeñas y medianas empresas (pyme) del sector de la industria radicadas en Galicia que utilicen la madera, la resina, el corcho u otros productos forestales procedentes del monte, exceptuando los productos agroalimentarios, como materia prima para la elaboración de sus productos. A estos efectos, se tomará la definición de pyme incluida en el anexo I del Reglamento (UE) nº 702/2014 de la Comisión, de 25 de junio de 2014. Según esta definición, pymes son aquellas empresas que ocupan a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede de los 50 millones de euros o cuyo balance general anual no excede de los 43 millones de euros.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Podrán ser subvencionables los proyectos de inversión realizados por pequeñas y medianas empresas descritas en el artículo 2 de esta resolución en sus procesos de producción y que tengan como objetivo aumentar la competitividad mediante procesos productivos o técnicas que permitan obtener nuevos productos o productos valorizados favoreciendo la minoración del impacto ambiental.

2. Se consideran inversiones subvencionables las siguientes:

a) Compra de maquinaria nueva, siempre que esté adscrita a la procesos productivos nuevos o la elaboración y fabricación de nuevos productos, técnicas de secado, preparación o tratamiento que supongan la valorización de productos existentes, incrementando su valor o la extensión de su catálogo.

b) Obras e instalaciones necesarias para la correcta instalación y funcionamiento de las inversiones objeto de subvención.

c) Tecnologías de la información y comunicación (TIC) expresamente ligadas a los procesos de valorización o a la producción de nuevos productos o técnicas que incrementen el valor unitario de sus productos o su catálogo.

d) Otros bienes de equipo que formen parte del activo de la empresa e intervengan en el proceso productivo objeto del proyecto.

e) Proyectos o estudios de ingeniería, o diseño adscritos a los procesos o técnicas anteriores, siempre que se acrediten junto con inversiones en procesos productivos.

Requisitos:

a) Deberán cumplir la normativa ambiental, que se acreditará con una declaración responsable de la persona solicitante de que la empresa cumple con dicha normativa.

b) Deberán tener un seguro en vigor de responsabilidad civil para la actividad objeto de ayuda y un contrato de prevención de riesgos laborales antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

c) Deberán estar inscritos en el Registro de Empresas del Sector Forestal (Resfor) y con los datos actualizados, de acuerdo con el artículo 102 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, o dados de alta en algún código CNAE que acredite la realización de actividades objeto de subvención en la fecha de finalización del plazo de solicitud.

Documentos asociados

Boletín: 07/08/2018
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 150
Documento: Bases, Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 07/08/2018
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 150
Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 17/08/2018
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Documento: Corrección de Errores Bases Descargar Documento