Subvenciones del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias para entidades.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S06791/17

Norma:

ORDEN TSF/75/2016, de 7 de abril. RESOLUCIÓN TSF/964/2016, de 11 de abril. RESOLUCIÓN TSF/2212/2016, de 29 de septiembre. ORDEN TSF/24/2017, de 20 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 28 de mayo de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Abrir la convocatoria ordinaria para la concesión de subvenciones del Departamento de Trabajo, Asuntos
Sociales y Familias para entidades en el ejercicio 2016.

Categorías Subvención

  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

Se pueden acoger a las subvenciones que prevé esta Orden las entidades constituidas legalmente que no
tengan ánimo de lucro con establecimiento operativo en Cataluña.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Subvenciones a entidades para actividades y proyectos:

A Programas de prevención, apoyo y lucha contra la violencia machista y el maltrato a las personas mayores, y de promoción de las personas mayores activas.

A.1 Programas de lucha contra la violencia machista y la violencia familiar.

A.2 Programas de lucha contra la violencia y el maltrato a las personas mayores.

A.3 Programas de promoción de las personas mayores activas.

B Programas de atención social y educativa dirigidos a niños y a adolescentes en situación de riesgo social.

B.1 Programas preventivos de intervención socioeducativa diaria que se lleven a cabo en el marco de los
centros recreativos.

B.2 Programas de lucha contra los maltratos a niños y a adolescentes.

C Programas y actuaciones de apoyo a jóvenes tutelados y extutelados.

C.1 Programas de apoyo a la vivienda y de acompañamiento en viviendas para jóvenes, apoyo educativo,
psicológico, jurídico y sociolaboral.

C.2 Programas diurnos preventivos para jóvenes que se encuentran en situación de riesgo, dirigidos a la
integración social y a la normalización en la vida de la comunidad.

D Programas y actividades de integración social de personas extranjeras inmigradas, solicitantes de asilo y refugiadas, y catalanas retornadas. Programas de no discriminación.

D.1 Programas de acogida: programas y actividades de información y formación sobre el entorno social y
laboral.

D.2 Programas de acogida: programas de acogida y de inclusión residencial para personas en situación de
vulnerabilidad social.

D.3 Programas y actividades para la promoción de la igualdad de oportunidades mediante la inserción laboral y la mejora de la capacidad individual.

D.4 Programas de integración: programas y actividades de sensibilización y participación ciudadana.

D.5 Protección internacional: programas de acogida, integración y sensibilización en relación con personas solicitantes de protección internacional.

D.6 Retorno voluntario: programas y actividades dirigidos al retorno de personas extranjeras inmigradas a su país de origen, por razones humanitarias vinculadas a enfermedad o discapacidad graves.

D.7 Programas y actividades para garantizar los derechos a personas lesbianas, gays, bisexuales, transgéneros e intersexuales.

E Programas para llevar a cabo proyectos y actividades en el ámbito de la juventud.

E.1 Apoyo a las actividades de las entidades juveniles.

E.2 Apoyo a programas estables de las entidades juveniles.

E.3 Apoyo a programas de federaciones y movimientos de entidades de educación en el ocio, de base
voluntaria, que desarrollen las actividades con ritmo semanal.

F Programas de actividades y para proyectos de carácter cívico, participación ciudadana y de promoción del voluntariado y programas de apoyo al ocio educativo diario.

F.1 Programas de actividades de carácter cívico, comunitario y de participación ciudadana.

F.2 Programas de actividades de fomento y promoción del voluntariado.

F.3 Programas para proyectos de carácter cívico, comunitario y de participación ciudadana.

F.4 Programas para proyectos de fomento y promoción del voluntariado.

F.5 Programas de apoyo a federaciones y movimientos de entidades de educación en el ocio que desarrollen
las actividades de lunes a viernes.

F.6 Programas formativos vinculados al Plan de formación del asociacionismo y el voluntariado de Cataluña.

G Programas de apoyo de servicios sociales.

G.1 Programas de mantenimiento de actividades de apoyo o complementarias vinculadas a la prestación de
servicios sociales.

Subvenciones a entidades para servicios sociales:

H Programas de apoyo a las familias.

H.1 Servicios de orientación y acompañamiento a las familias (SOAF), servicios de acompañamiento a la familia con necesidades específicas (SAFE) y programas de apoyo a la crianza.

I Programas de intervención socioeducativa dirigidos a niños y a adolescentes en situación de riesgo.

I.1 Servicio de soporte a las familias con niños de 0 a 3 años en situación de riesgo.

I.2 Servicio de atención diurna (servicio de centro abierto).

I.3 Servicio de intervención en familias con niños y adolescentes en situación de riesgo.

I.4 Servicio de acompañamiento socioeducativo para adolescentes en situación de riesgo.

I.5 Servicio de intervención socioeducativa itinerante.

J Programas de mantenimiento de servicios y establecimientos de servicios sociales definidos en la actual Cartera de servicios sociales relativos a servicios especializados de atención a las personas mayores con dependencia o riesgo social, a personas con discapacidad, problemática social derivada de enfermedad mental, drogodependencias u otras adicciones, afectadas por el virus VIH/sida o problemática social y riesgo de exclusión social.

J.1 Servicio de tutelas para personas mayores con dependencia o riesgo social.

J.2 Servicio de centro de día de atención especializada temporal o permanente para personas con discapacidad intelectual o física.

J.3 Servicios de hogar residencia temporal o permanente para personas con discapacidad intelectual o física.

J.4 Servicio de centro residencial temporal o permanente para personas con discapacidad intelectual o física.

J.5 Servicios de centros ocupacionales para personas con discapacidad intelectual o física.

J.6 Servicios para personas con discapacidad sensorial.

J.7 Servicio de tutela para personas con discapacidad intelectual.

J.8 Servicio de hogar residencia temporal o permanente para personas con problemática social derivada de
enfermedad mental.

J.9 Servicio de hogar con apoyo temporal o permanente para personas con problemática social derivada de
enfermedad mental.

J.10 Servicio de club social para personas con problemática social derivada de enfermedad mental.

J.11 Servicio prelaboral para personas con problemática social derivada de enfermedad mental.

J.12 Servicio de tutela para personas con problemática social derivada de enfermedad mental.

J.13 Servicio de centro de día para personas con drogodependencias.

J.14 Servicio de piso con apoyo para personas con drogodependencias.

J.15 Servicio de comunidad terapéutica para personas con drogodependencias.

J.16 Servicio de hogar con apoyo para personas afectadas por el virus VIH/sida.

J.17 Servicio de hogar residencia para personas afectadas por el virus VIH/sida.

J.18 Programa para las regularizaciones de usuarios de la convocatoria de entidades de los ejercicios 2014 y 2015.

Requisitos:

a) Estar legalmente constituidas y estar inscritas en el registro genérico correspondiente en la fecha de publicación de la convocatoria ordinaria correspondiente. Los anexos correspondientes establecen los requisitos de inscripción a registros específicos que se puedan considerar necesarios.

b) No incurrir en ninguna de las circunstancias que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, general de subvenciones.

c) Atender a las personas usuarias en cualquiera de las lenguas oficiales de Cataluña y redactar, al menos en catalán, la señalización y los carteles de información general de carácter fijo y los documentos de oferta de servicios para las personas usuarias y consumidoras de los establecimientos abiertos al público, de acuerdo con la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.

d) No haber sido sancionadas, en resolución firme, por la comisión de infracción grave en materia de
integración laboral de discapacidades o muy grave en materia de relaciones laborales o en materia de seguridad y salud en el trabajo, de conformidad con el Texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

e) No haber sido nunca objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias firmes condenatorias por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género.

f) Las entidades con un número de 50 personas trabajadoras o más deben cumplir la obligación que establece el artículo 42 del Texto refundido de la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, de dar ocupación al menos a un 2% de personas trabajadoras con discapacidades sobre el número total de los de la entidad, o de la aplicación de las medidas alternativas de carácter excepcional que regulan el Real decreto 364/2005, de 8 de abril, y el Decreto 86/2015, de 2 de junio.

g) En el caso de entidades con una plantilla igual o superior a 25 personas, deben cumplir la obligación, de acuerdo con los agentes sociales, de utilizar medios para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo. Se debe indicar los medios para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo, y para intervenir en sus centros de trabajo, de acuerdo con los agentes sociales, de conformidad con la Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.

h) Cumplir la obligación que establece el artículo 13.5 de la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, de que el personal de las entidades cuyas actividades supongan el acceso y ejercicio a las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, no puede haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos.

i) Haber adaptado los estatutos según la disposición transitoria primera de la Ley 4/2008, de 24 de abril, del libro tercero del Código Civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas, y a la Ley 5/2011, de 19 de julio, de modificación de la anterior.

j) En el caso de fundaciones, haber cumplido el deber de presentar las cuentas anuales ante el protectorado, de acuerdo con el artículo 336-3 del libro tercero del Código Civil de Cataluña, aprobado por la Ley 4/2008, de 24 de abril

k) Cumplir la normativa sobre propiedad intelectual. Para la realización de la actividad objeto de la subvención, se debe tener en cuenta la normativa a la hora de utilizar cualquier elemento susceptible de generar derechos de autor.

Documentos asociados

Boletín: 15/04/2016
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7100
Documento: Bases Reguladoras 2016 Descargar Documento
Boletín: 19/04/2016
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7102
Documento: Convocatoria 2016 Descargar Documento
Boletín: 26/05/2016
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7128
Documento: Corrección de Errores Bases Descargar Documento
Boletín: 05/10/2016
- Nº 7220
Documento: Modificación dotación Descargar Documento
Boletín: 23/02/2017
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7315
Documento: Ampliación plazo justificación. Descargar Documento