Subvenciones del Instituto de la Mujer de apoyo a la Actividad Empresarial de las Mujeres.
Código de ayuda:
S01173/03Norma:
Orden de 7 de julio de 2003.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 08/09/2003Finalidad u objetivo de la ayuda:
La integración laboral de las mujeres, mediante su establecimiento como empresaria en la Región de Murcia.Categorías Subvención
- Inversiones Materiales y Equipos
- Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor
Región de Murcia
Convoca:
Consejería de Presidencia (Región de Murcia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Importe total de 150.250 euros.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las empresas promovidas por mujeres que se establezcan como tales con personalidad física o jurídica.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Colaborar en la financiación de los gastos derivados de la adquisición de equipamiento de los locales de negocio, entendiéndose por tal a efectos de la presente Orden, maquinaria, mobiliario y equipos para procesos de información, siempre que éstos se produzcan dentro del presente ejercicio.Requisitos:
a) Ejercer su actividad y tener domicilio social en la Región de Murcia.b) Haber iniciado la actividad empresarial en los siguientes plazos: b.1) A partir del 1 de enero de 2002, si el proyecto para el que se solicita subvención, viene referido a la puesta en marcha por primera vez de una actividad empresarial. b.2) Antes del 1 de enero de 1998, si el proyecto para el que se solicita subvención, viene referido a renovación o adaptación, para la consolidación y/o expansión de la actividad empresarial.
c) En el caso de tratarse de Comunidades de Bienes o Sociedades, éstas deberán estar gestionadas por mujeres, entendiéndose por ello, que, al menos, el 50% del capital social está suscrito por mujeres y que exclusivamente a ellas corresponden las funciones de administración y/o gerencia.
d) No haber recibido subvenciones para gastos de inversión, procedente de la Administración Pública Regional o de sus Organismos Autónomos, en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2000 y el 31 de diciembre de 2002.
Documentos asociados
Boletín:
26/07/2003
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 171
Documento: Convocatoria Descargar Documento
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 171
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