Subvenciones del Programa Reencontros na Casa para residentes en el exterior.- Convocatoria 2013.- Corrección.

Código de ayuda:

S03982/13

Norma:

RESOLUCIÓN de 15 de febrero de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 03/04/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de las ayudas correspondientes al Programa Reencontros na Casa del año 2013, orientado a promover el contacto de los gallegos residentes en el exterior con su tierra y con sus familiares, fortaleciendo así los vínculos de unión con Galicia.

Categorías Subvención

  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La Secretaría General de la Emigración se hará cargo, con carácter general, del 60 % del coste del viaje a Galicia de los/as beneficiarios/as desde los lugares de partida, fijados por la Secretaría General de la Emigración, en América, hasta el lugar de destino designado en Galicia.

Se hará cargo del 90 % en aquellos países en los que la base de cálculo de la prestación económica por ancianidad en 2012 no superó los 2.700 euros anuales. En aquellos países en que existan dificultades para acceder a las divisas necesarias debido a controles cambiarios podrá sufragarse el 80 % del pasaje, aunque dicha base de cálculo supere la cantidad indicada de 2.700 euros anuales.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El viaje a Galicia de los/as beneficiarios/as desde los lugares de partida.

Requisitos:

1. Ser emigrante gallego.

2. Tener la nacionalidad española.

3. Residir en América.

4. Tener al menos 60 años y estar jubilado o tener al menos 65 años de edad, contados en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

5. No haber participado en los últimos cinco años naturales en programas de viajes a Galicia de esta secretaría general.

6. Para ser beneficiarios/as de este programa será necesario que puedan valerse por sí mismos y no padecer trastornos psicofísicos que alteren la normal convivencia y que estén en condiciones de realizar un viaje de larga duración, circunstancias que deberán acreditarse mediante los correspondientes certificados médicos.

7. Tener familiares de hasta el cuarto grado de consanguinidad o afinidad con los que puedan residir durante su estancia en Galicia.

8. Tener ingresos inferiores a tres veces el importe de las bases de cálculo de la prestación económica por ancianidad del Ministerio de Empleo y Seguridad Social para el año de la convocatoria, según países de residencia. Si el solicitante convive con otra u otras personas en una misma unidad económica familiar, la cuantía anterior vendrá determinada por la suma del límite máximo de ingresos personales más el resultado de multiplicar el 70 % de dicha cifra por el número de convivientes menos uno.

Podrán ser beneficiarias las personas unidas por matrimonio, unión de hecho o relación análoga a los solicitantes del programa indicados en el punto 1, siempre y cuando cumplan los requisitos establecidos en los apartados 1.3, 1.5 y 1.6 y aporten la documentación justificativa.

También podrán ser solicitantes los hijos/as de emigrantes gallegos que tengan la condición de gallegos y cumplan los requisitos indicados en los apartados 1.2, 1.3, 1.4, 1.5, 1.6, 1.7 y 1.8 de esta base.

Documentos asociados

Boletín: 22/02/2013
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 38
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 25/02/2013
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 39
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento