Subvenciones del Programa Reencuentros en la Tierra para residentes en el exterior.- Convocatoria 2014.
Código de ayuda:
S14873/14Norma:
RESOLUCIÓN de 8 de abril de 2014.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 16/06/2014Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases reguladoras y convocar las ayudas correspondientes al programa Reencuentros en la Tierra para el año 2014, que tiene por finalidad promover el contacto de los/las gallegos/as residentes en el exterior con su tierra, mediante un período de estancia en residencia y con sus familiares, fortaleciendo así los vínculos de unión con Galicia.Categorías Subvención
Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
PRESIDENCIA DE LA XUNTA DE GALICIA (Galicia)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Las personas que cumplan los requisitos establecidos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La financiación del coste del viaje, de ida y vuelta y de la estancia en residencia, de los/las emigrantes gallegos/as que carezcan de recursos desde sus países de residencia hasta Galicia.Requisitos:
1. Ser emigrante gallego/a.2. Tener la nacionalidad española.
3. Residir en América.
4. Tener 65 o más años de edad, cumplidos en la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes.
5. No haber participado en los últimos 15 años naturales en programas de viajes transatlánticos a Galicia de esta secretaría general o del Estado español.
6. Valerse por sí mismo, no padecer trastornos psicofísicos que alteren la normal onvivencia
y que estén en condiciones de realizar un viaje de larga duración.
7. Tener ingresos inferiores a 1,5 veces el importe de las bases de cálculo de la prestación
económica por ancianidad del Ministerio de Empleo y Seguridad Social para el año de la convocatoria, según los países de residencia. Si la persona solicitante convive con otra u otras personas en una misma unidad económica familiar, la cuantía anterior vendrá
determinada por la suma del límite máximo de ingresos personales más el resultado de
multiplicar el 70 por ciento de dicha cifra por el número de convivientes menos uno.
Documentos asociados
Boletín:
15/04/2014
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 73
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 73
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento