Subvenciones del Programa de Prácticas Laborales en empresas, fundaciones y otras entidades del Sector Público de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en el marco de la Garantía Juvenil.

Código de ayuda:

S52046/18

Norma:

Orden HAC/47/2018, de 2 de octubre. Orden HAC/54/2018, de 30 de noviembre de 2018. Orden EPS/15/2019, de 27 de diciembre. Orden EPS/2/2021, de 26 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 26 de marzo de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto aprobar la convocatoria para el año 2021 de subvenciones del Programa de Prácticas Laborales en empresas, fundaciones y otras entidades del Sector Público de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en el marco de la Garantía Juvenil.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Empleo y Políticas Sociales (Cantabria)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las ayudas contempladas en esta Orden las siguientes entidades, siempre y cuando cumplan los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria:

a) La Universidad de Cantabria y las entidades que sean dependientes de ella.

b) Las sociedades mercantiles autonómicas, entendiendo por tales aquellas en las que la participación, directa o indirecta, en su capital social de las entidades que integran el Sector Público de la Comunidad Autónoma de Cantabria, sea igual o superior al cincuenta por ciento.

Para la determinación de este porcentaje, se sumarán las participaciones correspondientes a las entidades integradas en el sector público autonómico, en el caso de que en el capital social participen varias de ellas.

c) Las Fundaciones del Sector Público de la Comunidad Autónoma de Cantabria, entendiendo por tales aquellas Fundaciones en las que concurra alguna de las siguientes circunstancias:

1.º Que se constituyan con una aportación mayoritaria, directa o indirecta, de la Administración General de la Comunidad Autónoma, sus organismos públicos o demás entidades del Sector Público Autonómico.

2.º Que su patrimonio fundacional, con un carácter de permanencia, esté formado en más de un cincuenta por ciento por bienes o derechos aportados o cedidos por las referidas entidades.

d) Las entidades autonómicas de Derecho público en los términos definidos en el artículo 2.1.g) de la Ley de Cantabria 14/2006, de 24 de octubre, de Finanzas de Cantabria, y en los términos previstos en su normativa, distintas a las mencionadas en el párrafo b).

Asimismo, deberán acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución que se encuentran al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, frente a la Seguridad Social y de sus obligaciones con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La actividad subvencionada consistirá en la contratación de las personas destinatarias como medio de adquisición de práctica profesional, debiéndose cumplir los siguientes requisitos:

a) Las personas contratadas deberán desarrollar funciones o tareas que sean competencia de las entidades beneficiarias. La competencia podrá ser propia u originaria, o bien ejercida por delegación, encargo o encomienda.

b) Que se favorezca la formación y práctica profesionales de las personas desempleadas que sean contratadas.

c) La duración de los contratos será, como mínimo, de siete meses. La jornada de trabajo será a tiempo completo.

d) Las entidades beneficiarias deberán facilitar a las personas participantes que reciban información profesional, orientación o formación durante la vigencia de los contratos subvencionados.

Para llevar a cabo dicho itinerario de inserción el Servicio Cántabro de Empleo, con cada convocatoria, diseñará el plan de actuación para la consecución de dicho objetivo.

Además, se desarrollarán de manera adecuada medidas relacionadas con la actualización de los conocimientos digitales.

e) Que la entidad solicitante de la subvención se comprometa a financiar la parte no subvencionada por el Servicio Cántabro de Empleo para la contratación, lo que será objeto de declaración responsable de la persona representante legal de la entidad en la misma instancia de solicitud.

Documentos asociados

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