Subvenciones del Servicio de Igualdad y Derechos Civicos del Ayuntmaiento de Palma para la mejora de la igualdad de oportunidades, la erradicacion de la violencia de genero y la convivencia y los derechos civicos.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S28273/11

Norma:

Palma, 4 de mayo de 2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 13/06/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular la concesión de las subvenciones del Ayuntamiento de Palma, para la mejora de la igualdad y el civismo durante el año 2011, en régimen de competencia competitiva.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Ayuntamiento de Palma de Mallorca (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Como norma general, el importe de las subvenciones no excederá del 80%
del coste de la actividad subvencionada.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las personas jurídicas que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los proyectos y actividades para la mejora de la igualdad y el civismo, desarrollados durante el 2011 en Palma, y en especial aquellos que tengan como finalidad:

a) Prestar atención social y facilitar la integración de las mujeres que ejerzen la prostitución.

b) Crear o mantener los Bancos del Tiempo.

c) Prevenir y atender situaciones de discriminación por razón de sexo y/o
orientación sexual.

Requisitos:

a. estén inscritas en el Registro municipal de entidades ciudadanas del año
2011

b. no tengan finalidad lucrativa.

c. actúen en el municipio de Palma

d. estén al corriente de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de
Palma y no estén sometidas a ningún procedimiento de reintegro de subvenciones públicas u otro procedimiento sancionador incoado por este motivo.

e. no hayan sido sancionadas o condenadas por resolución administrativa o sentencia judicial por trato desigual en razón de sexo.

f. No incurran en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 6
de la Ordenanza General Reguladora para la concesión de subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 14/05/2011
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 71
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento