Subvenciones del circuito de musica 2008, musica joven, dirigida a entidades de administracion local y entidades asociativas u organizativas sin animo de lucro de Mallorca.

Código de ayuda:

S23191/08

Norma:

Consejo Insular de Mallorca, Num. 4951.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 03/06/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El Consell de Mallorca, en el ejercicio de sus competencias y de acuerdo con los objetivos fijados en el Plan Estratégico de Subvenciones del año 2008, a través de ésta, pretende la promoción de los grupos de música joven de la isla de Mallorca, y facilitar la contratación para las administraciones locales y las entidades asociativas u organizativas sin ánimo de lucro. En concreto, se pretende crear un espacio de intercambio para que estos grupos e intérpretes puedan darse a conocer, promover la difusión de esta música y ponerla al alcance del público en general.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Mallorca (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la subvención va en función de las cantidades que han de percibir los grupos y los solistas participantes (caché), que se especifican en el dossier que facilita el Consell de Mallorca y de los porcentajes que se establecen a continuación:

Para Ayuntamientos:
- Municipios de hasta 2.500 habitantes: el 60%. El otro 40% restante es a cargo de la entidad programadora.
- Municipios de hasta 7.000 habitantes: el 50%. El otro 50% restante es a cargo de la entidad programadora.
- Municipios de más de 7.000 habitantes excepto el de Palma: el 40%. El otro 60% es a cargo de la entidad programadora.
- Palma: el 30%. El otro 70% es a cargo de la entidad programadora.

Para Asociaciones sin ánimo de lucro:
- El 50%. El otro 50% es a cargo de la entidad programadora Tanto a los ayuntamientos como a las asociaciones sin ánimo de lucro se les subvenciona también el 50% de los gastos relativos al equipo de sonido y luz de cada concierto, hasta un máximo de 1.200,00€. El otro 50% es a cargo de la entidad programadora.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarias las entidades de administración local y las entidades asociativas u organizativas sin ánimo de lucro de Mallorca - salvo las de ámbito educativo -, inscritas definitivamente en el registro pertinente a la fecha de fin del plazo de presentación de solicitudes, que programen conciertos objeto de esta convocatoria y soliciten la participación en el circuito.

No obstante, no pueden ser beneficiarias las entidades mencionadas en el párrafo anterior cuando incurran en alguna de las prohibiciones que se recogen en los apartados 1 y 2 del artículo 10 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones, (Boib nº196 de 31 de diciembre de 2005).
Si hay coincidencia a la hora de programar en un mismo municipio, entre entidad de Administración local y entidad sin ánimo de lucro, se dará preferencia al ayuntamiento.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se podrán acoger las solicitudes para los conciertos que se hagan en Mallorca, de los grupos o solistas que haya seleccionado el Consell de Mallorca, cuya lista se publica en el BOIB y está disponible en la página web del Consell de Mallorca www.conselldemallorca.net. Se reproduce en el anexo 6.

El número máximo de grupos subvencionables para conciertos será de tres. Esta regla se tiene que entender en el sentido que se puede subvencionar la contratación de tres grupos para un único evento o incluso al mismo grupo para llevar a cabo hasta tres conciertos en diferentes fechas.
Los conciertos que se acojan se tienen que programar y realizar desde el día 1 de enero hasta el día 30 de noviembre de 2008, con la única salvedad que establece la base decimosexta.

Las entidades programadoras disfrutarán de plena autonomía en materia de selección y seleccionarán los grupos o los solistas que tengan que actuar dentro del periodo mencionado en la base segunda, y se pondrán en contacto, con la finalidad de hacer una reserva del concierto y de fijar el día y la hora.

Documentos asociados

Boletín: 03/04/2008
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 45
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento