Subvenciones del programa de Organización de Ferias y Congresos Empresariales en Cantabria.
Código de ayuda:
S02146/25Norma:
Resolución SOD/FER/23/25, de 27 de enero de 2025. Orden IND/39/2023, de 10 de mayo.Plazo de Solicitud:
Hasta el 1 de abril de 2025.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 50.000 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
Esta línea de subvenciones tiene como finalidad apoyar la organización y celebración en Cantabria de ferias, congresos, salones, encuentros empresariales, convenciones, u otros eventos de carácter similar, que faciliten el contacto entre la demanda y la oferta de productos y servicios; o bien, el intercambio de conocimientos comerciales y tecnológicos entre los participantes.Categorías Subvención
- Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
- Empleo
Localización del organismo gestor
Cantabria
Convoca:
Sociedad para el Desarrollo Regional de Cantabria (SODERCAN) (Cantabria)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La intensidad máxima de subvención a aplicar para todos los gastos subvencionables será del 60%, con un importe máximo de 50.000.-€ por solicitud.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Empresas (más de 250 empleados)
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Con carácter general, podrán obtener la condición de persona beneficiaria las empresas (incluyendo las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomos/as), cualquiera que sea su forma jurídica y tamaño, que estén válidamente constituidas en el momento de presentación de la solicitud, cuenten con el domicilio social y/o centro de trabajo en Cantabria, y desarrollen en nuestra región una actividad económica de las previstas en el ANEXO de las bases reguladoras y cumplan con el resto de requisitos establecidos en dichas bases reguladoras y en la convocatoria.Excepcionalmente, también podrán ser beneficiarias las asociaciones y fundaciones, válidamente constituidas en el momento de presentación de la solicitud y que cuenten con el domicilio social y/o centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Cantabria, aunque no ejerzan una actividad económica, siempre y cuando su objeto social sea una actividad asimilable a alguna de las incluidas en el listado del ANEXO de las bases reguladoras.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Gastos de alquileres del local, mobiliario, equipos audiovisuales y equipos de iluminación y climatización, instalación de sistemas de agua, electricidad, red informática, consumos, etc.b) Gastos de diseño, montaje/desmontaje de instalaciones y decoración del local.
c) Gastos de contratación de servicios de asistencia para la organización y gestión del evento (OPCs, agencias de eventos, agencias de comunicación y publicidad, etc.).
d) Gastos de contratación de servicios auxiliares específicos (relaciones públicas, azafatas/os, limpieza, mantenimiento y seguridad, traducción e interpretación, Community manager, etc.).
e) Gastos de contratación de servicios de asistencia externa para el desarrollo del programa social y actividades para acompañantes.
f) Gastos de transporte de mercancías para exposición.
g) Gastos de logística de traslados de participantes en el evento (alquiler de autobús/ microbús).
h) Gastos de diseño gráfico e impresión de material promocional (catálogos de expositores/ponentes, folletos y cartelería) específico para la realización de la actuación; así como su traducción a otros idiomas.
i) Gastos de campañas de publicidad del evento en medios de comunicación nacionales y/ extranjeros (prensa, revistas, newsletters, blogs, acciones de email marketing televisión, Internet, etc.).
j) Gastos de seguros de suscripción obligatoria para la celebración de la actuación.
k) Gastos de implementación de medidas de sostenibilidad (medición de la huella de carbono, etc.) relacionadas con la ejecución del evento.
l) Gastos de servicios de catering.
m) Otros gastos externos que indubitablemente sean necesarios para la realización de la actuación.
n) Gastos de viaje (Bolsa de viaje ponentes): gastos del billete de avión/tren/barco/autobús, relacionados con el desplazamiento a Cantabria (ida y vuelta) y el alojamiento en Cantabria (régimen de alojamiento y desayuno); con los siguientes importes máximos: Para viajes de Europa y Norte de África: 900€ / Para viajes de fuera de Europa o Rusia: 1.800€. Sólo son elegibles en el caso de ponentes procedentes de fuera de Cantabria que estén incluidos en el programa oficial de ponencias del evento.
o) Gastos de elaboración de certificación de cumplimiento de los plazos legales de pago, emitida por Auditor de Cuentas ROAC; a efectos de cumplimiento del requisito establecido en el artículo 2.6 de las bases reguladoras.
p) Gastos de elaboración de informe justificativo del expediente mediante Auditor de Cuentas ROAC, con el siguiente importe máximo: 900€. (En el caso de que la persona beneficiaria opte voluntariamente por presentar la justificación mediante informe de Auditor ROAC)
Documentos asociados
Boletín:
19/05/2023
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 2196
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 2196
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
31/01/2025
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 21
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 21
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
Boletín:
31/01/2025
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 21
Documento: Convocatoria 2025 ( Extracto) Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 21
Documento: Convocatoria 2025 ( Extracto) Descargar Documento