Subvenciones del subprograma de apoyo a la industria de la ciencia, en el marco del Plan Nacional de Investigacion Cientifica, Desarrollo e Innovacion Tecnologica 2008-2011 - Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S31282/10

Norma:

Resolucion de 30 de abril de 2010. ORDEN PRE/621/2008, de 7 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 04/06/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objetivo del subprograma de apoyo de la industria de la ciencia es impulsar la competitividad de la industria española en el sector de industria de la ciencia, formado por el conjunto de empresas que trabajan para las organizaciones dedicadas a la concepción, diseño, construcción, explotación y mantenimiento de las instalaciones e instrumentos científicos de cualquier ámbito para contribuir al avance de la ciencia y la tecnología y al fortalecimiento de la innovación.

Categorías Subvención

  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas (incluidas las microempresas) y las agrupaciones de interés económico (AIE), según se definen respectivamente en el apartado sexto.1 f) y h) ii de la Orden de bases reguladoras.
Además, podrán ser beneficiarios exclusivamente como participantes en un proyecto en cooperación (no como solicitantes), los relacionados a continuación:

a) Centros privados de investigación y desarrollo sin ánimo de lucro no universitarios,según la definición establecida en el apartado sexto.1 c) de la Orden de bases reguladoras.

b) Centros Tecnológicos, según la definición establecida en el apartado sexto.1 d) de la Orden de bases reguladoras.

c) Otras entidades privadas sin ánimo de lucro, según la definición establecida en el apartado sexto.1.e) de la Orden de bases reguladoras.
d) Otras agrupaciones o asociaciones empresariales, según la definición establecida en el apartado sexto.1.h) de la Orden de bases reguladoras.

e) Los centros públicos de I + D+ i, según la definición establecida en el apartado sexto.1 a) de la Orden de Bases reguladoras.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Proyectos de investigación aplicada: consistentes en la investigación planificada o los estudios críticos encaminados a adquirir nuevos conocimientos y aptitudes que puedan ser útiles para desarrollar nuevos productos, procesos o servicios, o permitan mejorar considerablemente los ya existentes. Se incluye la creación de componentes de sistemas complejos que sean necesarios para la investigación aplicada, especialmente la validación
de tecnología genérica, salvo prototipos de los incluidos en los proyectos de desarrollo experimental.

b) Estudios de viabilidad técnica: estudios previos a actividades de investigación aplicada o de desarrollo experimental, destinados al análisis de los distintos factores que determinan la conveniencia de llevar a cabo un proyecto de investigación o de desarrollo.

c) Acciones complementarias: Por su contribución a la consecución de los objetivos de la política científico-tecnológica relacionados con la industria de la ciencia, estas acciones se centrarán exclusivamente en actuaciones encaminadas a mejorar la formación y capacitación de tecnólogos de las empresas del sector de industria de la ciencia.

Documentos asociados

Boletín: 08/03/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 59
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 11/05/2010
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 115
Documento: Convocatoria 2010. Descargar Documento