Subvenciones dentro de la estrategia de ahorro y eficiencia energética (E4+) dirigidas a entidades locales, actuación promoción del transporte urbano en bicicleta.
Código de ayuda:
S19773/10Norma:
Resolucion nº 123 de 18 de marzo de 2010. Orden 37/2009 de 29 de septiembre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 29/04/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia, en la actuación de Promoción del transporte urbano en bicicleta de acuerdo con la Orden 37/2009, de 29 de septiembre, de la Consejería de Industria, Innovación y Empleo por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en actuaciones dentro de la Estrategia Ahorro y Eficiencia Energética dirigidas a Entidades Locales.Serán subvencionables todas las actuaciones iniciadas por los beneficiarios a partir del 1 de enero de 2010, siempre y cuando las solicitudes se presenten dentro del plazo establecido en la presente convocatoria.
Categorías Subvención
- Corporaciones Locales
- Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor
La Rioja
Convoca:
Consejería de Industria Innovación y Empleo (La Rioja)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía máxima individualizada de cada subvención será la determinada en el artículo 17 de la Orden 37/2009, de 29 de septiembre. Ninguna de las ayudas podrá superar el coste real de la actividad.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Las Entidades Locales de La Rioja, que realicen las actuaciones subvencionables en la Comunidad Autónoma de La Rioja.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Entre las medidas contempladas en el Convenio de Colaboración suscrito entre la Comunidad Autónoma de La Rioja y el I.D.A.E. será objeto de subvención la medida Promoción de transporte urbano en bicicleta en la que se subvencionarán los siguientes conceptos:Inversiones en el diseño e implantación de la puesta en servicio de sistemas de préstamo de bicicletas de uso público en ciudades o agrupaciones de municipios colindantes preferiblemente de tamaño medio (mínimo 10.000 habitantes). Las bicicletas estarán a disposición de los usuarios en diversas bases, en función de las configuraciones de las ciudades o agrupaciones de municipios. El servicio deberá estar activo por un período mínimo de tres años a partir de la puesta en marcha del mismo. El número mínimo de bicicletas por ciudad o agrupación de municipios será de 50 y tres bases. Cada sistema tendrá incorporado un sistema informatizado de control de usuarios que además sirva para gestionar el sistema.
Documentos asociados
Boletín:
02/10/2009
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 123
Documento: Bases y Anexos Descargar Documento
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Boletín:
29/03/2010
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 38
Documento: Convocatoria 2010 Descargar Documento
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Boletín:
24/05/2010
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 63
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
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