Subvenciones dentro del Programa «Fabricas de Creacion».- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S19591/13

Norma:

ORDEN de 14 de mayo de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 03/07/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular y convocar las subvenciones del programa «Fábricas de Creación» destinadas a desarrollar en el año 2013 propuestas artísticas y culturales que promuevan la innovación y la singularidad a través de la investigación, la experimentación, el diálogo y la intersección entre disciplinas tanto artísticas como sociales.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Modalidad «Sorgune»: quinientos sesenta mil (560.000) euros.

b) Modalidad «Ikertu»: sesenta mil (60.000) euros.

c) Modalidad «Arragoa»: cuatrocientos mil (400.000) euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas privadas con personalidad jurídica propia que en el momento de publicación de la presente Orden cumplan con los requisitos que para cada una de las modalidades de subvenciones se determinan en los capítulos siguientes.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Subvenciones destinadas a los programas de actividad de aquellos centros de creación cultural que cumplan con las condiciones exigidas y en los términos que se establecen en el Capítulo II de esta Orden (Modalidad «Sorgune»).

b) Subvenciones destinadas a propuestas de investigación dirigidas al diseño de proyectos y
prototipos culturales que cumplan con las condiciones exigidas y en los términos que se establecen en el Capítulo III de esta Orden (Modalidad «Ikertu»).

c) Subvenciones destinadas a la realización de productos culturales que cumplan con las condiciones exigidas y en los términos que se establecen en el Capítulo IV de esta Orden (Modalidad «Arragoa»).

Requisitos:

Es requisito para acceder a las subvenciones concedidas al amparo de esta Orden estar al
corriente de las obligaciones tributarias, así como en el pago de la Seguridad Social.

La acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
por parte de las personas o entidades solicitantes de las presentes subvenciones se verificará
automáticamente, tantas veces como fuera necesario, por el órgano gestor de la presente convocatoria, sin necesidad de consentimiento de los mismos, de conformidad con el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, aprobado por Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre.

Documentos asociados

Boletín: 03/06/2013
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 105
Documento: Bases y Convocatoria 2013. Descargar Documento