Subvenciones destinadas a Asociaciones Deportivas Madrileñas excepto Federaciones Deportivas, para la organizacion y participacion en actividades deportivas e inversiones - Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S45637/10

Norma:

ORDEN 1403/2010, de 1 de julio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 06/08/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La promoción de las actividades deportivas.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno (Comunidad de Madrid)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones deportivas madrileñas, excepto federaciones deportivas, que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Gastos destinados a la organización o participación en diferentes actividades deportivas de modalidades oficialmente reconocidas por alguna federación deportiva
madrileña o española.
b) Inversiones realizadas en la mejora de las instalaciones deportivas propiedad de por la entidad solicitante y adquisición de material deportivo inventariable.

Requisitos:

a) Encontrarse inscritos en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid con al menos un año de antigüedad a la fecha de publicación de la convocatoria correspondiente.
b) Practicar alguna actividad deportiva demodalidades oficialmente reconocidas que se desarrollen por alguna federación deportiva madrileña o española.
c) No ser beneficiario de otras subvenciones y ayudas convocadas por la Dirección General de Deportes para cualquier tipo de asociación deportiva madrileña, destinadas a las mismas actividades.
d) No estar incursos en alguna de las causas contempladas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a cuyo efecto se suscribirá declaración responsable.
e) Mantener los anteriores requisitos, al menos, hasta la fecha de justificación del gasto.

Documentos asociados

Boletín: 20/07/2010
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 172
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento