Subvenciones destinadas a Entidades Locales con una poblacion inferior a 20.000 habitantes para financiar intervenciones en bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Comunidad de Castilla y Leon - Convocatoria 2009.
Código de ayuda:
S08573/09Norma:
ORDEN CYT/197/2009, de 3 de febrero. ORDEN CYT/271/2009, de 13 de febrero.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 09/03/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a financiar intervenciones en bienes inmuebles integrantes del patrimonio cultural de la Comunidad de Castilla y León.Categorías Subvención
- Corporaciones Locales
- Desarrollo Rural
- Patrimonio Cultural y Arquitectura
Localización del organismo gestor
Castilla y León
Convoca:
Consejería de Cultura y Turismo (Castilla y León)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
a) Respecto a los conceptos descritos en el apartado 1.1 del artículo 3, las Entidades Locales de la Comunidad de Castilla y León que tengan una población inferior a 20.000 habitantes y que sean propietarias o titulares de cualquier derecho sobre el inmueble que le permita llevar a cabo la obra subvencionable.b) Respecto a los conceptos descritos en el apartado 1.2 del artículo 3, las Entidades Locales de la Comunidad de Castilla y León que tengan una población inferior a 20.000 habitantes y que desarrollen obras objeto de subvención contempladas en un plan especial o norma similar.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Monumentos o jardines históricos declarados Bien de Interés Cultural o que estén sujetos a expediente de declaración de Bien de Interés Cultural con la categoría de monumento o jardín histórico. Se exceptúan aquellos que puedan ser subvencionados al amparo de la línea de subvenciones de la Consejería competente en materia de patrimonio cultural destinada a castillos y elementos de arquitectura militar.b) Edificios incluidos dentro de un conjunto histórico, sitio histórico o conjunto etnológico declarado Bien de Interés Cultural o sujeto a expediente para su declaración.
c) Edificios que pertenecen al entorno de protección de un monumento o jardín histórico declarado Bien de Interés Cultural.
d) Edificios afectados por declaraciones genéricas de Bien de Interés Cultural, formuladas en el Decreto 571/1963, de 14 de marzo, sobre protección de escudos, emblemas, piedras heráldicas, rollos de justicia, cruces de término y piezas similares de interés histórico artístico y en el Decreto 69/1984, de 2 de agosto, por el que se ponen bajo la protección de la Comunidad de Castilla y León, los hórreos y pallozas existentes en su ámbito territorial.
Documentos asociados
Boletín:
09/02/2009
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 26
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
16/02/2009
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 31
Documento: Convocatoria 2009 Descargar Documento
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