Subvenciones destinadas a Entidades Locales y Entidades sin Animo de Lucro de la Comunidad Autonoma de Aragon, con cargo al Fondo para la promocion de la accesibilidad y supresion de barreras.- Convocatoria 2011.
Código de ayuda:
S61446/10Norma:
ORDEN de 9 de noviembre 2010.Plazo de Solicitud:
Hasta el 21 de diciembre de 2010.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Efectuar la convocatoria de Subvenciones destinada a Entidades Locales y Entidades sin ánimo de lucro, de la Comunidad Autónoma de Aragón, con cargo al Fondo para la Supresión de Barreras y Promoción de la Accesibilidad, del ejercicio 2011.Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Corporaciones Locales
- Discapacidad / Personas con discapacidad
- Inversiones Materiales y Equipos
- Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor
Aragón
Convoca:
Departamento de Servicios Sociales y Familia (Aragón)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía máxima de la subvención a otorgar será como máximo de 30.000 euros y en ningún caso podrá superar el 80% de la cuantía del Proyecto para el que se solicita la subvención.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Las Entidades sin ánimo de lucro que desarrollan programas de acción social y fomenten la participación en los mismos de personas con problemas de movilidad o afectadas por disminución físicas o sensoriales, y las Entidades Locales.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Adquisición de equipamiento y/o ejecución, por parte de las Entidades Locales, de obras de reforma de edificios de uso público, tendentes a la eliminación de barreras que impidan la accesibilidad a los mismos.b) Supresión de barreras arquitectónicas y de la comunicación que realicen las Entidades sin ánimo de lucro que lleven a cabo programas de acción social dentro del ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Requisitos:
Las Entidades que soliciten subvención deberán reunir, a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos que deberán mantenerse, al menos, durante el ejercicio económico para el que se concede la subvención:a) No estar incursas en ninguna de las circunstancias referidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
b) Las Entidades sin ánimo de lucro deben estar inscritas en el Registro de Entidades, Servicios y Establecimientos de Acción Social de la Diputación General de Aragón.
Documentos asociados
Boletín:
15/11/2010
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 222
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 222
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento