Subvenciones destinadas a Federaciones y Asociaciones de Consumidores y Usuarios.

Código de ayuda:

S17673/06

Norma:

ORDEN de 26 de mayo de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 08/07/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones en materia de consumo destinadas a Federaciones y Asociaciones de Consumidores y Usuarios de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Consumo

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Hasta un máximo del 75% para financiar gastos de mantenimiento y cuando el importe sea igual o inferior a dieciocho mil (18.000) euros, podrá destinarse el 100% para financiar gastos de mantenimiento.
Sólo podrá destinarse un máximo del 20% para financiar gastos ocasionados por la celebración de actos estatutarios.

Para gastos de funcionamiento de gabinetes jurídicos de asesoramiento:
a) Subvención hasta un límite máximo de quince mil (15.000) euros, si las asociaciones prestan dichos servicios directamente.
b) Subvención hasta un límite máximo de cuatro mil ochocientos (4.800) euros, si dichos servicios se prestan mediante acuerdo con despachos profesionales.
c) Subvención hasta un límite máximo de veintisiete mil (27.000) euros, si dichos servicios se prestan directamente por todas las Asociaciones de Consumidores y Usuarios radicadas en Canarias, constituidas en Federación Regional.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las Federaciones y Asociaciones de Consumidores y Usuarios radicadas en Canarias.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

A) PARA GASTOS CORRIENTES:
1. Gastos de mantenimiento de la entidad, tales como:
a) Gastos propios del local social: alquiler, consumos de agua y energía eléctrica, gastos de limpieza, comunidad, etc.
b) Mantenimiento y conservación de mobiliario, útiles, materiales de oficina, etc.
2. Gastos por celebración de actos estatutarios, como asambleas, juntas, etc.
3. Funcionamiento de gabinetes de información al consumidor, siempre que cumplan las siguientes condiciones:
a) Disponer de local abierto al público durante al menos, cinco horas diarias en jornada laboral.
b) Disponer de personal técnico adecuado que deberá tener contrato laboral regular y estar dado de alta en la Seguridad Social, o ser profesional autónomo.
4. Funcionamiento de gabinetes jurídicos de asesoramiento a los consumidores y usuarios, cuyo asesoramiento jurídico deberá ser prestado por profesionales en la materia a través del personal propio o, en su caso, mediante concierto con despachos profesionales.
5. Realización de programas específicos de actuación sobre alguno de los puntos siguientes:
a) Campañas de información y orientación sobre los derechos de los consumidores y usuarios, realizadas a través de los medios de comunicación (campañas en prensa, programas periódicos de radio y televisión, vallas publicitarias, etc.).
b) Actividades, jornadas, seminarios, conferencias, etc., relacionados con la formación y educación de los consumidores, organizados por la propia federación o asociación, determinando a que colectivo va dirigido y si tienen la condición de socio o no.
c) Campañas para promover el asociacionismo de los consumidores y usuarios, así como actos destinados a su expansión y consolidación.
d) Programas que desarrollen proyectos encaminados a potenciar la representación y participación de las asociaciones en aquellos órganos que las leyes prevén.
6. Asistencia a cursos, jornadas, seminarios, reuniones, etc., de formación en materia de consumo.
7. Edición de revistas y publicaciones con un contenido mayoritario en temas de consumo.

B) PARA GASTOS DE INVERSIÓN:
1. Adquisición de material inventariable y reposición del mobiliario, útil, materiales de oficina, etc. siempre que no merezca la consideración de gasto corriente.
2. Adquisición de material informático (hardware y software) que facilite el manejo de la información en el desarrollo de las actividades y servicios de protección y defensa de los consumidores y usuarios.
3. Realización de obras en locales de las federaciones y asociaciones.

Requisitos:

a) Figurar inscritas en el libro registro dependiente del Ministerio de Sanidad y Consumo, a través del Instituto Nacional de Consumo.
b) No estar incursas en ninguna de las circunstancias determinantes de la imposibilidad de obtener la condición de beneficiario de subvenciones, previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
c) No estar incursas en ninguno de los supuestos contemplados en el artículo 21 de la Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.
d) Estar al corriente en el pago de las obligaciones tributarias estatales y autonómicas y con la Seguridad Social.
En el supuesto de que el solicitante no estuviera obligado al cumplimiento de estas obligaciones, tal extremo deberá hacerse constar mediante la presentación de declaración responsable otorgada ante la autoridad administrativa o notario público, documento acreditativo de la exención del cumplimiento de tales obligaciones.

Documentos asociados

Boletín: 08/06/2006
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 110
Documento: Bases Generales, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento