Subvenciones destinadas a Proyectos de Eficiencia Energética y Economía Circular de Empresas Turísticas (C14.I4, línea de actuación 2), del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Código de ayuda:

S26682/24

Norma:

Orden CTD/9/2024, de 25 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de marzo de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y aprobar la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a los beneficiarios que se especifican en su articulado.

El régimen jurídico, normativa específica aplicable, requisitos y obligaciones de los beneficiarios y procedimiento de concesión se establece de conformidad con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio y en la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

Categorías Subvención

  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Medio Ambiente y Energía
  • Turismo y Hostelería
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Cultura, Turismo y Deportes (Cantabria)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Las personas físicas o jurídicas de naturaleza privada que sean propietarias de edificios existentes destinados a establecimiento turístico de conformidad con el artículo cuarto y únicamente para acometer las actuaciones que se detallen específicamente para este tipo de beneficiario en el mismo artículo.

b) Las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios o instalaciones destinados a establecimiento turístico de conformidad con el artículo cuarto que acrediten dicha condición mediante contrato vigente que les otorgue facultad expresa para acometer las obras de reforma objeto de esta orden.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actuaciones subvencionables deben encuadrarse en una o varias de las siguientes tipologías y cumplir con los requisitos específicos que se establecen para cada una de ellas en el anexo I:

1. Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.

2. Mejora de la eficiencia energética y uso de energías renovables en las instalaciones térmicas, reguladas por el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los edificios (RITE).
2.1. Sustitución de energía convencional por energía solar térmica
2.2. Sustitución de energía convencional por energía geotérmica.
2.3. Sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones térmicas
2.4. Mejora de la eficiencia energética de los sistemas de generación no incluidos en
las anteriores.

3. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.

4. Sustitución de aparatos de refrigeración con función de venta directa y armarios de conservación refrigerados profesionales, por otros de alta eficiencia con etiquetado energético.

5. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones frigoríficas, reguladas por el Reglamento de Seguridad en Instalaciones Frigoríficas. (RSIF)

6. Sistemas de automatización y control.

7. Mejora de gestión de residuos.

8. Mejora de la eficiencia energética en electrodomésticos.

Documentos asociados

Boletín: 05/12/2024
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 236
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2024 (Completa) Descargar Documento
Boletín: 05/12/2024
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 236
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento