Subvenciones destinadas a actuaciones de mejora de la eficiencia energetica y seguridad en las instalaciones de ascensores existentes pertenecientes a comunidades de propietarios de edificios de viviendas en regimen de propiedad horizontal, en el ambito de la Comunidad Autonoma de Galicia.- Convocatoria 2012.
Código de ayuda:
S20982/12Norma:
ORDEN de 1 de junio de 2012.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 12/07/2012Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de las subvenciones de la Consellería de Economía e Industria para incentivar actuaciones en materia de mejora de la eficiencia energética y seguridad en las instalaciones de ascensores existentes pertenecientes a comunidades de propietarios de edificios de viviendas en régimen de propiedad horizontal en Galicia (código de procedimiento IN532A).Categorías Subvención
- Medio Ambiente y Energía
- Vivienda y Urbanismo
Localización del organismo gestor
Galicia
Convoca:
Consellería de Economía, Empleo e Industria (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
No se admitirán a trámite solicitudes con una inversión subvencionable inferior a 3.000 euros.La intensidad de la ayuda será de un 50% de la inversión subvencionable pero en ningún caso, bajo esta convocatoria, podrá concederse una subvención superior a 3.000 euros por comunidad de propietarios.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Las comunidades de propietarios de edificios de viviendas en régimen de propiedad horizontal, radicadas en la Comunidad Autónoma de Galicia y legalmente constituidas de acuerdo con los artículos 2 y 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal, todo ello, sin perjuicio de reunir los demás requisitos establecidos en las presentes bases, así como los que fundamenten la concesión y los que se prevean en esta orden y en la normativa aplicable.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) La sustitución de equipos con una máquina de tracción directa, sin reductor.b) La sustitución de motores por otros controlados por variador de frecuencia o aparatos con propósito equivalente.
c) Instalación de controles con sistemas de detectores de presencia. El sistema de detección deberá cumplir una VEEI límite de 3,5 según el documento básico HE– 3 (Eficiencia energética de las instalaciones de iluminación) del Código técnico de la edificación vigente con apagado por sistema de detección de presencia u otro sistema automático inteligente.
Requisitos:
No podrán obtener la condición de beneficiario de las subvenciones reguladas en estas bases las personas o entidades en las que concurran las circunstancias previstas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. La acreditación de no estar incurso en dichas prohibiciones se realizará mediante declaración responsable del interesado, que se presentará con la solicitud, tal y como se recoge en el anexo V.Documentos asociados
Boletín:
08/06/2012
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 109
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 109
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento