Subvenciones destinadas a asociaciones, centros y entidades sin ánimo de lucro, para la atención y apoyo a la emigración.
Código de ayuda:
S45573/22Norma:
ORDEN de 1 de julio de 2022.Plazo de Solicitud:
Hasta el 24 de octubre de 2022.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Conceder subvenciones a asociaciones, centros y entidades sin ánimo de lucro que tengan como objeto la financiación de proyectos, de interés general para los emigrantes madrileños, que desarrollen actuaciones dirigidas a:a) Actuaciones que faciliten la integración del emigrante madrileño en el país de destino.
Actuaciones presenciales de información sobre recursos y servicios disponibles, asesoramiento jurídico, social y laboral.
Actuaciones para mejorar la empleabilidad y las competencias profesionales, así como cursos y actividades para el aprendizaje de idiomas.
b) Ayuda asistencial para madrileños que estén en situación acreditada de precariedad.
c) Actuaciones que faciliten la integración social y cultural con el resto de la comunidad madrileña y española como el desarrollo de programas deportivos o cursos de orientación cultural, etc.
d) Actuaciones para facilitar el retorno:
Asistencia en el país de residencia para la realización de los trámites y gestiones necesarias para retornar.
Asistencia para el retorno de emprendedores y traslado de empresas cuya titularidad corresponda a emigrantes madrileños a la Comunidad de Madrid.
e) Actuaciones que promuevan el potencial de los investigadores madrileños en el exterior, así como el retorno de los mismos.
Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
Localización del organismo gestor
Comunidad de Madrid
Convoca:
Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (Comunidad de Madrid)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía máxima de la subvención por beneficiario no podrá superar los 30.000 euros.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las entidades privadas sin ánimo de lucro que tengan sede social en el país donde vayan a desarrollar las actividades objeto de esta subvención y entre cuyas finalidades establecidas en sus estatutos conste el desarrollo de alguna de las actividades objeto de la subvención convocada y cumplan con los requisitos.Requisitos:
a) Hallarse legalmente constituidas e inscritas, en su caso, en la fecha de publicación de las respectivas convocatorias.b) Estar al corriente de pago en las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social ante el Estado Español y la Comunidad de Madrid.
c) Presentar un proyecto con las características que se indican en el apartado tercero de la convocatoria.
Cada solicitante podrá presentar un único proyecto.
Documentos asociados
Boletín:
15/07/2022
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 167
Documento: Bases Reguladoras 2022 Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 167
Documento: Bases Reguladoras 2022 Descargar Documento
Boletín:
22/09/2022
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 226
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 226
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
22/09/2022
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 226
Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 226
Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento