Subvenciones destinadas a asociaciones, centros y entidades sin ánimo de lucro, para la atención y apoyo a la emigración.- Convocatoria 2016.
Código de ayuda:
S28891/16Norma:
ORDEN 2637/2016, de 13 de julio. Orden 3014/2016, del 14 de septiembre.Plazo de Solicitud:
Hasta el 3 de noviembre de 2016.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de subvenciones a asociaciones, centros y entidades sin ánimo de lucro que tengan como objeto la financiación de proyectos, de interés general para la Comunidad de Madrid.Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
Localización del organismo gestor
Comunidad de Madrid
Convoca:
Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno (Comunidad de Madrid)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El abono de la subvención se realizará mediante el pago del total de la subvención concedida mediante anticipo a cuenta, con carácter previo a la justificación y requerirá de la constitución de garantía por el beneficiario, antes del cobro, mediante efectivo, aval, certificado de seguro de caución o valores anotados.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las entidades privadas sin ánimo de lucro que se encuentren dentro de uno de los siguientes apartados:a) Entidades con sede social en el país donde vayan a desarrollar las actividades objeto de esta subvención y entre cuyas finalidades establecidas en sus estatutos conste el desarrollo de alguna de las actividades objeto de la subvención convocada.
b) Entidades con sede social en España y entre cuyas finalidades establecidas en sus estatutos conste el desarrollo de alguna de las actividades objeto de la subvención convocada.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Ayudas al nuevo emigrante madrileño para su integración en el país de destino.b) Apoyo a la empleabilidad del emigrante madrileño.
c) Ayuda asistencial para aquellos madrileños en situación acreditada de precariedad.
d) Promoción y apoyo a la cultura madrileña facilitando el agrupamiento de la comunidad madrileña en el exterior.
e) Apoyo en el país de residencia al emigrante madrileño que desee retornar a la Comunidad de Madrid.
Requisitos:
a) Hallarse legalmente constituidas e inscritas, en su caso, en la fecha de publicación de las respectivas convocatorias.b) Estar al corriente de pago en las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social ante el Estado Español y la comunidad autónoma donde tenga su sede.
c) Presentar un proyecto con las características que se indican en el artículo 3 de esta orden. Cada solicitante podrá presentar un único proyecto.
Documentos asociados
Boletín:
28/07/2016
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 179
Documento: Bases Reguladoras 2016 Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 179
Documento: Bases Reguladoras 2016 Descargar Documento
Boletín:
04/10/2016
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 238
Documento: Convocatoria 2016 Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 238
Documento: Convocatoria 2016 Descargar Documento
Boletín:
04/10/2016
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 238
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 238
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento