Subvenciones destinadas a asociaciones de inmigrantes, asociaciones de amas de casa y entidades sin animo de lucro dedicadas a los sectores de los vecinos y la segunda edad para el año 2010.
Código de ayuda:
S52828/10Norma:
Palma, 2 de septiembre de 2010.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 02/10/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de esta convocatoria es la regulación de subvenciones dentro de los límites establecidos en los presupuestos del Consell de Mallorca y en los términos de la Ley 38/2003 General de Subvenciones y el Reglamento de Subvenciones y Ayudas Económicas del Consell de Mallorca, dirigidas a las,asociaciones de inmigrantes, asociaciones de amas de casa y entidades sin ánimo de lucro dedicadas a los sectores de los vecinos y la segunda edad con el objeto de dar soporte y promover las actividades de estos colectivos.
Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
- Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
- Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor
Islas Baleares
Convoca:
Consejo Insular de Mallorca (Islas Baleares)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
En todo caso se limita a 1.000,00€, IVA incluido, el importe máximo que se subvencionará por proyecto presentado.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
a) Las asociaciones de inmigrantes.b) Las asociaciones de vecinos, las asociaciones de segunda edad y las asociaciones de amas de casa.
c) Las federaciones de asociaciones que agrupen entidades que sean potencialmente destinatarias de esta convocatoria.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Son subvencionables las adquisiciones de bienes inventariables (equipos informáticos, electrodomésticos, mobiliario ...) ubicados o que se tengan que ubicar en los locales que sean sede de las entidades beneficiarias..Requisitos:
a) Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones del Gobierno de las Islas Baleares.b) No tener finalidad de lucro.
c) Estar al corriente de las obligaciones económicas con el Consell de Mallorca y de las otras obligaciones tributarias y de la Seguridad Social que vengan impuestas por la normativa vigente y de no encontrarse sometida a ningún procedimiento de reintegro de subvenciones públicas incoado por este motivo o ningún procedimiento sancionador de las obligaciones fiscales.
d) Disponer de la estructura y capacidad suficiente para garantizar el cumplido de la actividad para la cual se solicita la subvención.
Documentos asociados
Boletín:
09/09/2010
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 132
Documento: Bases y Convocatoria 2010. Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 132
Documento: Bases y Convocatoria 2010. Descargar Documento